Asamblea

Educación Ciudadana y Control Político

Expediente 24320

Reforma al inciso s) contenido en el articulo 8 de la Ley N°7092, Ley del Impuesto sobre la Renta

Propósito del Proyecto

El proyecto pretende ampliar a toda persona física que preste algún servicio el poder deducir los gastos gastos necesarios para producir sus ingresos gravables de acuerdo con las normas generales, o bien, podrán acogerse a una deducción única, sin necesidad de prueba alguna, del veinticinco por ciento (25%) de los ingresos brutos de la actividad o de las comisiones devengadas, según corresponda.