Asamblea

Educación Ciudadana y Control Político

Expediente 24282

Adición de un párrafo segundo al artículo 14 de Ley contra la corrupción y el enriquecimiento Ilícito en la función pública, Ley N.º 8422 de 6 de octubre de 2004. Prohibición a diputados y diputadas de la república para el ejercicio remunerado de profesiones liberales y otras actividades remuneradas

Propósito del Proyecto

Mediante la presente iniciativa se pretende modificar la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, N.º 8422, para establecer que los diputados y diputadas de la Asamblea Legislativa tendrán prohibición, mientras dure su mandato, para el ejercicio remunerado de profesiones liberales o para realizar cualesquiera otras actividades remuneradas, distintas a las funciones propias de su cargo. Además, se aclara que las diputadas y diputados sujetos a esta prohibición, en ningún caso y bajo ninguna circunstancia recibirán la compensación económica establecida en el artículo 15 de la citada Ley N° 8422.