Reforma a los Artículos 14, 15, 30 y 31 de la Ley Orgánica del Instituto Costarricense de Turismo (ICT), Ley N° 1917 de 30 de julio de 1955 y sus reformas. Ley para Modificar la Integración de la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Turismo (ICT) y Precisar la Idoneidad Profesional de los Cargos de Gerencia
Propósito del Proyecto
El presente proyecto de ley pretende modificar la integración de los órganos directivos del Instituto Costarricense de Turismo (ICT) para que los cargos gerenciales sean ocupados por profesionales con estudios comprobados en turismo y modificar el sistema de nombramientos de las personas integrantes de la Junta Directiva de la institución, para incorporar criterios objetivos de representación equitativa y paridad de género de los distintos subsectores que integran el sector turismo, incluyendo al turismo rural y rural comunitario y a micro, pequeñas y medianas empresas turísticas (MIPYMES turísticas).