Asamblea

Educación Ciudadana y Control Político

Expediente 23608

Reforma del artículo 36 de la Ley N° 8000, Creación del Servicio Nacional de Guardacostas, de 5 de mayo de 2000 y sus reformas

Propósito del Proyecto

Esta propuesta legal recoge las herramientas para que, en primer lugar, el Servicio Nacional de Guardacostas, así como también, otras instituciones u organizaciones puedan disponer de las embarcaciones y en general de los bienes de naturaleza naval declarados en comiso y en abandono. Entre estas instituciones se pueden citar centros de educación pública, municipalidades de zonas costeras o fluviales, comités de Cruz Roja Costarricense o diversas organizaciones y asociaciones de interés público y sin fines de lucro.