Reforma de los artículos 2, 22, 23, 25, 26, 27, 29, 30, 31, 34, 35, 36, 37, 38 y 39 y eliminación del artículo 21 bis de la Ley de Penalización de Violencia Contra las Mujeres, N°8589, del 25 de Abril del 2007 y sus reformas, y reforma del inciso d) del artículo 239 de la Ley N°7594, Código Procesal Penal, del 10 de abril de 1996 y sus reformas
Propósito del Proyecto
Este proyecto de ley se plantea con la finalidad de dar un paso adelante en la erradicación de la violencia de género al ampliar la cobertura de la ley a las mujeres víctimas de violencia de género más allá de los vínculos sexo-afectivos. Esta reforma al Código Procesal Penal, junto con la inclusión a la Ley que crea la Dirección General de Adaptación Social, les brindará una mayor protección a las mujeres a través de la atención de los patrones misóginos de la sociedad costarricense.