Reforma al Artículo 5 de la Ley de Remuneración de los Diputados de la Asamblea Legislativa N°7352 del 21 de julio de 1993
Propósito del Proyecto
Reduce la cantidad de litros de combustibles disponibles para cada congresista a 300. Establece que dicha cuota no es acumulable en caso de no ser utilizada en su totalidad e incluye la obligatoriedad de brindar un informe mensual del gasto de dicha cuota al departamento de proveeduría institucional.