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Educación Ciudadana y Control Político

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Expediente 22801

Ley de Reducción de Beneficios Fiscales y Ajuste de Tarifas en Rentas del Capital para Fortalecer el Sistema Fiscal

Propósito del Proyecto

Modificación a las tarifas del impuesto de remesas al exterior. Se aumentarán en cinco puntos porcentuales los pagos que se hacen por remesas al exterior, estas constituyen rentas de fuente costarricense por servicios y otros conceptos que se reciben por parte de empresas o personas que no tienen establecimiento permanente en Costa Rica. Estos pagos están claramente relacionados con las actividades desarrolladas en el país y, por tanto, son gastos deducibles del impuesto sobre las utilidades, cuando se haya cumplido con la correspondiente retención. Ajustes a las rentas de capital. Homologación inmediata y permanente únicamente de las tasas de rentas de capital de los títulos valores de cooperativas que sean bursátiles y de los títulos valores del BPDC a la tarifa general del 15%. Adicionalmente, se establecerá un incremento transitorio de 2,5 puntos porcentuales por dos períodos. Considerando que el perfil de los beneficiarios de esta exoneración vigente son los inversionistas y no los emisores o quienes captan recursos del mercado financiero y que, el hecho de que las inversiones en rentas del capital suponen la existencia de una renta disponible o capital excedente por parte de quien invierte, se hace necesario que las tarifas por pagar por conceptos de ingresos generados de esta fuente se equilibren o ajusten, de manera que no se den sesgos que permitan disminuir el efecto positivo en la redistribución de los ingresos por medio de tratamientos tributarios privilegiados o reducidos por la vía de las rentas del capital. La eliminación de la no sujeción del salario escolar. Se aplica sobre el impuesto único sobre las rentas percibidas por el trabajo personal dependiente o por concepto de jubilación o pensión u otras remuneraciones por servicios personales, con lo cual se mejora la solidaridad y progresividad a la vez que se mantiene más del 70% de los salarios, incluyendo el escolar, libre de gravamen dada la base exenta del impuesto. Adicionalmente, se establece una base mínima exenta de hasta 1 millón de colones.

Tipo

Proyecto de Ley

Estado

En comisión

Comisión

De Asuntos Económicos

Presentado

24 NOV, 2021

Categorías

Económicos y Hacendarios

Agenda FMI

Histórico de Textos

Histórico de Votaciones

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Firma principal

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