Propósito del Proyecto
La Ley 9916 (que reformó la Ley 9222, de 13 de marzo de 2014) permite la donación y el trasplante de órganos y tejidos humanos. Esta legislación, de trascendental importancia para garantizar el derecho a la vida y a la salud, consagrado en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, fue aprobada con la intención de facilitar el procedimiento de extracción de órganos y tejidos. No obstante, a pesar de que la intención es muy loable, en el articulado no se define claramente, por ejemplo, la cantidad de órganos por extraer, y evitar así algún tipo de error. Al respecto, lo correcto no es indicar, como señala la ley, ambos riñones o ambos pulmones, sino señalar específicamente: cada riñón o cada pulmón. Los procedimientos de extracciones deben ser realizados por las autoridades competentes; sin embargo, en la ley se cometió un error al señalar que la dependencia encargada de realizar dichos procedimientos son los Laboratorios de Ciencias Forenses del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), pero lo correcto es que tales procedimientos los efectúe el Departamento de Medicina Legal del Organismo de Investigación Judicial (OIJ). Específicamente en lo relacionado a tejidos humanos como son las córneas.