Propósito del Proyecto
Añade un artículo 38 bis a la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (Ley 1788) para autorizar al INVU a tramitar mediante exhorto ante el Registro Inmobiliario lo siguiente: a) La medida, catastro e inscripción a nombre del INVU de los asientos y planos de las fincas asignadas o adquiridas por la institución. b) La medida, catastro, segregación y otorgamiento título sobre áreas de fincas adquiridas por el INVU. c) Medir, catastrar, segregar, otorgar título sobre un único predio a los ocupantes nacionales o extranjeros con residencia que demuestren una posesión. d) Elaborar los planos de agrimensura. e) La cancelación de planos catastrados que no han generado derechos y que se superpongan a inmuebles de propiedad pública. f) La corrección de los antecedentes de dominio de sus propiedades o las generadas por medio de sus programas de vivienda.