Propósito del Proyecto
En beneficio de asignatarios de parcelas por parte del INDER se adiciona una autorización expresa en un nuevo párrafo final al artículo 62 de la Ley 9063 que permitiría la actuación de oficio del INDER, o a petición de los arrendatarios, para que se instalen los servicios básicos, corriendo los consumos por cuenta de los arrendadores. Estipula la obligación a cargo del INDER de realizar en un plazo de dos meses la inscripción registral a favor de la persona beneficiada. incluye un nuevo transitorio VII a la ley, con el objeto de proteger a los actuales beneficiarios residentes en estos asentamientos de forma que se vean cubiertos por la modificación en la obligación y en el plazo para la inscripción.