Propósito del Proyecto
Este proyecto pretende entonces incorporar disposiciones claras en la normativa electoral con el fin de establecer que en caso de que existan partidos políticos sobre los que los Tribunales de Justicia hayan dictado una sentencia condenatoria firme por perjuicio del Erario Público y no hayan resarcido el daño patrimonial con el pago correspondiente, al momento en que se realice la liquidación de sus gastos, se les retendrá el giro correspondiente a la suma certificada que, por esos adeudos, haya indicado el Poder Judicial, hasta el momento en que se suministre certificación donde se demuestre que la agrupación ha hecho efectivo el pago o, en su caso, hasta que dichos montos sean liberados o requeridos por juez competente en estrados judiciales. Esta certificación corresponderá emitirla a la dependencia del Poder Judicial que corresponda y, deberá contemplar la información relativa a la participación de las agrupaciones políticas del país que figuren como parte condenada en un proceso judicial por haber ocasionado un perjuicio al Erario Público.