Asamblea
Educación Ciudadana y Control Político
Expediente 22182
Ley Para Permitir La Circulación Vehicular En Los Días Feriados Establecidos En La Ley N.º 9875, Adición De Un Transitorio Al Artículo 148 De La Ley 2, Código De Trabajo, De 27 De Agosto De 1943, Para Trasladar Los Feríados A Los Lunes, Con El Fin De Promover La Visita Interna Y El Turismo Durante Los Años 2020 Al 2024 De 16 De Julio De 2020
Tipo
Proyecto de Ley
Estado
Archivado
Comisión
Presentado
3 de septiembre de 2020
Categorías
Obras Públicas y Transporte
Histórico de Textos
Histórico de Votaciones
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Propósito del Proyecto
El espíritu de este proyecto recae en que no se aplique la restricción vehicular en los días en que se establece el disfrute de los días feriados, según la “Ley N.º 9875, Adición de un Transitorio al Artículo 148 de la Ley N.º 2, Código de Trabajo, de 27 de agosto de 1943, para Trasladar los Feriados a los Lunes, con el Fin de Promover la Visita Interna y el Turismo Durante los Años 2020 al 2024, de 16 de julio de 2020”, y con ello permitir que las familias de forma responsable hagan salud mental, deporte, recreación, turismo y colaboren los días que les sea posible con la reactivación económica de Costa Rica, sin necesidad de contar con reservaciones en hoteles u otros.
