Propósito del Proyecto
Ajusta a la baja por una única vez de un 10% del monto total del Presupuesto Ordinario y Extraordinario Nacional de la República del Gobierno central, para el Ejercicio Económico del 2020. Autoriza una contribución solidaría y voluntaria de hasta un 10% del Presupuesto Ordinario y Extraordinario para el ejercicio económico para el año 2020, de las instituciones descentralizadas no empresariales, instituciones públicas financieras, órganos desconcentrados y gobiernos locales, así como al sector empresarial privado, la cual se coordinará con el Ministerio de Hacienda para los fines de esta ley. Autoriza a los funcionarios y/o servidores públicos y privados aporten voluntariamente de hasta un 10%, como ajuste a la baja (reducción) por una única vez del monto del salario bruto y/o dietas que devengará en el mes de junio del 2020. Autoriza a todo funcionario y/o servidor público que ocupe rango de jerarquía a nivel país e institucional: Presidente de la República, diputados y diputadas, ministros(as), viceministros (as), directores(as) ejecutivos, alcaldes y alcaldesas, vicealcaldes, vicealcaldesas y aquellos que ocupen cargos de direcciones, gerencias y jefaturas de estos sectores o a quién los sustituya en sus cargos a que aporten voluntariamente hasta un 15% como ajuste a la baja (reducción) por una única vez del monto bruto que devengará por pago de dietas o salario en el mes de junio del 2020.