Propósito del Proyecto
En virtud de lo anterior se plantea que los Proyectos Build Operate and Transfer (Construir, Operar y Transferir por sus siglas en inglés) que se crearon en el Capítulo II de la Ley 7200 como un mecanismo especial de financiamiento del ICE, puedan tener plazos de hasta 40 años con el fin de que permitan que tecnologías de generación como la hidroeléctrica e incluso la eólica puedan amortizarse en plazos mayores a los que actualmente aplican de 20 años, incluyendo el periodo de construcción, es decir, plazos de financiamiento de 18 años o menos para equipos con vidas útiles de mínimo 40 y 25 años, con el consecuente impacto en el flujo de financiamiento de la institución. En la misma línea de lo anterior, se establece que el ICE y sus empresas deberán estructurar sus créditos, así como sus mecanismos especiales de financiamiento (fideicomisos, titulaciones, arrendamientos, etc.), para que los plazos de esos financiamientos se encuentren lo más cercano posible a la vida útil de esas inversiones, con el fin ya mencionado de que la amortización impacte lo menos posible en el corto plazo y permita dar un respiro a las deterioradas finanzas de la Institución. Por último, se establece un Transitorio con el fin de que la ARESEP ajuste sus metodologías tarifarias, a efectos de que el aumento en los plazos de los financiamientos de los activos, genere un beneficio tarifario a los usuarios. Lo anterior partiendo de que la metodología de costo de capital que aplica ARESEP actualmente al ICE conocida como WACC (Weighted Average Cost of Capital) o en español Costo Promedio Ponderado de Capital, no traslada al usuario el beneficio de mayores plazos en los financiamientos, mientras que el CAPM (Capital Asset Pricing Model) o Modelo de Fijación de Precios de Activos de Capital que utilizaba antes sí tenía un impacto en función del plazo de los financiamientos.