Asamblea
Educación Ciudadana y Control Político
Expediente 21415
Deber de denunciar y declarar en casos de maltratos y abusos contra menores de edad
Tipo
Proyecto de Ley
Estado
Aprobado en Segundo Debate
Número de Ley
10329
Comisión
Presentado
21 de mayo de 2019
Categorías
Juventud y niñez|Justicia y Leyes
Histórico de Textos
Histórico de Votaciones
Propósito del Proyecto
La presente iniciativa de ley cuenta con dos artículos. En el primero de ellos se pretende la adición de un párrafo segundo al artículo 49 de la Ley Nº 7739, Código de la Niñez y Adolescencia, del 6 de febrero de 1998. Por su parte, el artículo segundo procura la modificación del artículo 206 del Código Procesal Penal, Ley N° 7594, de 10 de abril de 1996. Con estas reformas, según la Exposición de Motivos, se quiere dar una mayor protección a las personas menores de edad que enfrenten una situación de violencia, maltrato o abuso. Puntualmente, la reforma al Código de Niñez y Adolescencia, propone que se denuncie ante el Ministerio Público cualquier sospecha razonable de maltrato o abuso cometido contra personas menores de edad por parte de quienes ostenten posiciones de autoridad en: asociaciones, fundaciones o agrupaciones de carácter cultural, juvenil, educativo, deportivo, denominaciones religiosas o de otra índole. En lo relativo a la reforma al Código Procesal Penal, esta tiene como finalidad eliminar la excepción que consiste en poder brindar testimonio en un proceso penal cuando la persona confesante así lo autorice, sobre los ministros religiosos del artículo señalado, “en aras de eliminar privilegios injustificados, facilitar este tipo de prueba testimonial y que estos deban declarar cuando la persona interesada los libere del deber de guardar secreto, así como facultar al juez penal para que ordene su declaración cuando estos invoquen erróneamente la facultad de abstenerse”, esto así señalado en la justificación del proyecto de ley.
