Propósito del Proyecto
Mediante artículo único se asigna a la Asociación Obras del Espíritu Santo, cédula jurídica 3-002-344562, los recursos económicos que tiene acumulados la Junta de Protección Social a favor de Casa Hogar Tía Tere, mismos que se generaron en el plazo de vigencia del artículo 1 inciso d) de Distribución de Lotería Nacional Nº 1152 del 13 de abril de 1950. Dichos recursos serán asignados al cuido y atención directa de menores en condición de pobreza y pobreza extrema, a fin de sufragar gastos en rubros tales como alimentación, servicios públicos, planta física, vestido y textiles, salud, recreación, menaje, capacitaciones, gastos administrativos y salarios.