Propósito del Proyecto
El proyecto propone reformar los artículos 78, 80, 82, 83 y 114 de la Ley Nº 4179, Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, INFOCOOP, de 22 de agosto de 1968 y sus reformas, para: Crear una carga parafiscal que sería liquidada en orden de pago sobre los excedentes de las asociaciones cooperativas. Las tarifas de esta obligación serían: a) excedentes inferiores a ¢250.000.000 estarían exentos de la carga parafiscal, b) excedentes de ¢250.000.001 hasta ¢499.999.999 pagarían un 3% de carga parafiscal, c) excedentes de ¢500.000.000 hasta ¢749.999.999 pagarían un 5% de carga parafiscal, d) excedentes de ¢750.000.000 hasta ¢999.999.999 pagarían un 10% de carga parafiscal y e) excedentes superiores a ¢ 1.000.000.000 pagarían un 15% de carga parafiscal. Establecer que los recursos recaudados por la carga parafiscal antes mencionada formarán parte del Fondo de Desarrollo de Asignaciones Familiares y se regirá por la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, Nº 5862 del 23 de diciembre de 1974 y sus reformas. Las reservas de los fondos de las cooperativas para educación, serán ilimitados y no podrán ser menores a un 3% de los excedentes obtenidos. De los excedentes netos, además de otros rubros, se destinará un 3% para el financiamiento de las uniones, federaciones y confederaciones y un 1% para el Consejo Nacional de Cooperativas. Transitoriamente, se dispone que los recursos generados por la carga parafiscal, durante los primeros cuatro años a partir de la promulgación de lo que sería la ley, serán destinados por la Tesorería Nacional para la amortización de la deuda pública.