Reforma Del Artículo 30 De La Ley Orgánica Del Sistema Bancario Nacional, Ley N°1644 Del 26 De Septiembre De 1953 Y Sus Reformas
Propósito del Proyecto
Incorpora en la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional, Ley N.º 1644 de 26 de setiembre de 1953 y sus reformas, regulación para que sea obligatorio que las actas de las sesiones de las Juntas Directivas de los bancos del Estado deban consignar de manera literal y exacta lo expresado por las personas miembros de tales Juntas.