Asamblea
Educación Ciudadana y Control Político
Ley de Combustibles (Ley para avanzar en la eliminación del uso de combustibles fósiles en Costa Rica y declarar el territorio nacional libre de exploración y explotación de petróleo y gas)
Histórico de Textos
Propósito del Proyecto
Firma Principal
Histórico de Votaciones
Plazo cuatrienal (art. 119)
Para que se otorgue un nuevo plazo cuatrienal al expediente 20.641 "Ley para eliminar el uso de combustibles fósiles en Costa Rica y declarar el territorio nacional libre de exploración y explotación de carbón, petróleo y gas natural"
Moción de reconsideración (art. 155)
Para que se repita la votación negativa recaída sobre la moción de plazo cuatrienal del expediente 20.641 "Ley para eliminar el uso de combustibles fósiles en Costa Rica y declarar el territorio nacional libre de exploración y explotación de carbón, petróleo y gas natural"
Plazo cuatrienal (art. 119)
Para que se otorgue un nuevo plazo cuatrienal al expediente 20.641 "Ley para eliminar el uso de combustibles fósiles en Costa Rica y declarar el territorio nacional libre de exploración y explotación de carbón, petróleo y gas natural"
Devolución a comisión (art. 154)
Para que el expediente 20.641 "Ley de Combustibles" sea devuelto a la comisión dictaminadora y una vez salido de allí, ocupe el primer lugar de la agenda de primeros debates del Plenario cuando sea dictaminado.
Devolución a comisión (art. 154)
Para que el expediente 20.641 "Ley de Combustibles" sea devuelto a la comisión dictaminadora.
Devolución a comisión (art. 154)
Para que el expediente 20.641 "Ley de Combustibles" sea devuelto a la comisión dictaminadora por 30 días naturales, ocupe el primer lugar de la agenda de dicha comisión, y luego el primer lugar de la agenda de primeros debates del Plenario cuando sea dictaminado.
Moción de reconsideración (art. 155)
Para que se repita la votación de la moción de devolución a comisión dictaminadora recaída sobre el expediente 20.641 y que fue rechazada.
Devolución a comisión (art. 154)
Para que el expediente 20.641 "Ley de Combustibles" sea devuelto a la comisión dictaminadora por 30 días naturales, ocupe el primer lugar de la agenda de dicha comisión, y luego el primer lugar de la agenda de primeros debates del Plenario cuando sea dictaminado.
