Propósito del Proyecto
Aprobación de los Estatutos del
Centro Internacional para el Estudio de la Conservación y Restauración de los Bienes
Culturales, conocido por sus siglas en idioma inglés como “ICCROM”. El proyecto se compone de un artículo único que establece la aprobación de los Estatutos, los cuáles se encuentran conformados por 14 artículos. El artículo 1 establece los propósitos y funciones del Centro Internacional para el Estudio de la Conservación y Restauración de los Bienes Culturales, al cual se referenciará en adelante como ICCROM. Por su parte, el numeral 2 establece las condiciones para poder ser Estado Miembro de esta organización. Los artículos del 3 al 6 contemplan los órganos de ICCROM (Asamblea General, Consejo y Secretaría), la composición de los mismos, funciones, procedimientos y la forma de emitir el voto en cada uno de ellos. Por su parte, el numeral 7 desarrolla los aspectos financieros, la temporalidad con que se elaborará el presupuesto, la forma en que será financiado y los aspectos básicos respecto a su administración. El artículo 8 otorga capacidad legal al ICCROM dentro de nuestro territorio para el logro de sus metas y el ejercicio de sus funciones. Por su parte, el numeral 9 establece una serie de sanciones para aquellos miembros que no cumplan con sus obligaciones financieras (pago de contribuciones). El artículo 10 establece la posibilidad de retirarse de ICCROM, bajo ciertas condiciones. Los numerales siguientes (11 al 14), establecen las disposiciones finales del Acuerdo, refieren básicamente a la forma en que se realizarán las modificaciones al Estatuto, entrada en vigor del mismo, la forma en que podrá disolverse ICCROM, así como los idiomas de los textos autorizados.