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UCR recomienda no aprobar proyecto de ley que flexibiliza intervenciones ante desastres en parques nacionales

Consejo Universitario advierte que el expediente 25.237 permitiría obras en áreas protegidas sin límites, salvaguardas ni procedimientos técnicos suficientemente definidos.

El Consejo Universitario de la Universidad de Costa Rica (UCR) aprobó recomendar a la Asamblea Legislativa que no apruebe el texto base del expediente 25.237, que plantea flexibilizar la Ley de Servicio de Parques Nacionales para permitir determinadas intervenciones ante desastres naturales o situaciones de peligro inminente.

El acuerdo quedó aprobado durante la sesión 7024, celebrada el 1.º de setiembre, después de que el Consejo analizara criterios del Laboratorio Nacional de Materiales y Modelos Estructurales (Lanamme) y de la Red de Áreas Protegidas. El documento técnico que sirvió de base para la discusión advertía que la iniciativa aborda un problema real relacionado con los derrumbes y deslizamientos de la Ruta Nacional 32, pero amplía sus efectos más allá del Parque Nacional Braulio Carrillo.

El proyecto, propuesto en la legislatura anterior por el entonces diputado de Nueva República Yonder Salas, pretende crear excepciones a las prohibiciones vigentes dentro de parques nacionales para facilitar la remoción de tierra, piedra, arena, grava y otros materiales, así como la construcción o estabilización de taludes, drenajes, obras de retención e infraestructura preventiva cuando existan desastres naturales o peligro inminente. La iniciativa busca agilizar actuaciones destinadas a proteger la seguridad vial y la vida de las personas, particularmente en tramos de carretera que atraviesan áreas protegidas.

La UCR señaló, sin embargo, que la redacción no limita esas excepciones a la Ruta 32 ni a infraestructura ya existente. Según el análisis universitario, el texto permitiría intervenciones en parques nacionales y otras áreas protegidas sin definir suficientemente el alcance o magnitud de las obras, los criterios técnicos que justificarían su ejecución ni los mecanismos de compensación ambiental.

Cuestionan amplitud del concepto de “peligro inminente”

Entre las principales observaciones figura el uso de conceptos como “peligro inminente”, “obras de retención” e “infraestructura preventiva”, que la universidad considera demasiado amplios. El criterio advierte que esa falta de precisión podría abrir espacio a intervenciones de mayor magnitud, incluidas remociones de tierra o vegetación fuera del derecho de vía, sin que el proyecto establezca claramente qué controles ambientales corresponderían en cada caso.

La UCR también planteó que la iniciativa debe diferenciar las actuaciones estrictamente necesarias para atender de inmediato una emergencia de las obras permanentes, como estabilización de taludes, drenajes, áreas de embalse e infraestructura de retención. Para estas últimas, el criterio recomienda mantener los instrumentos de evaluación ambiental que correspondan conforme a la legislación vigente.

El análisis señala además que el artículo 10 bis propuesto no establece expresamente requisitos como evaluaciones ambientales previas, planes de restauración, delimitación física de las zonas intervenidas, plazos de ejecución o controles posteriores. La UCR considera que esas omisiones podrían generar interpretaciones extensivas y afectar el principio de no regresividad ambiental.

El Consejo Universitario reconoció la necesidad de contar con mecanismos ágiles para responder ante derrumbes, deslizamientos y otros riesgos que puedan comprometer la seguridad de quienes utilizan carreteras como la Ruta 32. No obstante, sostuvo que cualquier reforma debe delimitar estrictamente las intervenciones al derecho de vía legalmente constituido o definir con precisión los sectores de las áreas protegidas donde podrían realizarse obras.

La UCR también recomendó establecer una cláusula que impida utilizar estas excepciones para ampliar el derecho de vía o modificar el régimen de protección de los parques nacionales.