Referencia del BCCR

Tipo de cambio

Compra

...

Venta

...

Presentado por
Logo Coopealianza
Imagen principal del artículo: Subjefe del PPSO presenta cuatro reformas al reglamento del Congreso: esto hace cada una
Foto: Fracción legislativa PPSO

Subjefe del PPSO presenta cuatro reformas al reglamento del Congreso: esto hace cada una

El subjefe de fracción del Partido Pueblo Soberano (PPSO), Juan Manuel Quesada Espinoza, presentó cuatro proyectos para reformar el Reglamento de la Asamblea Legislativa y reducir los tiempos que puede tomar la tramitación de los asuntos legislativos. Las propuestas fijarían un plazo máximo para que las diputaciones emitan su voto, eliminarían los recursos de revisión y las mociones de reiteración, y reducirían distintos espacios para el uso de la palabra en comisiones, el Plenario y las Comisiones Legislativas Plenas.

Las iniciativas corresponden a los expedientes 25.760, 25.761, 25.762 y 25.763. Quesada presentó el paquete como una respuesta a prácticas que, según afirmó, utilizan los procedimientos parlamentarios para retrasar la resolución de los proyectos.

"No estamos quitándole el derecho de hablar a nadie. Lo que buscamos es ponerle un límite a una práctica que durante años se ha utilizado para obstruir y retrasar la aprobación de leyes importantes para Costa Rica. El país necesita una Asamblea Legislativa que discuta, decida y avance”, señaló Quesada.

30 segundos para votar

El expediente 25.760 pretende reformar el artículo 105 del Reglamento para establecer por primera vez un plazo máximo para que las diputaciones registren su voto. Actualmente, la norma impide que una persona legisladora que participó en la discusión de un asunto se retire cuando llegue el momento de votarlo y la obliga a emitir un voto afirmativo o negativo, pero no establece cuánto tiempo tiene para hacerlo.

La propuesta añadiría que, desde que la Presidencia anuncie la votación, las diputaciones deberán encontrarse en sus curules y tendrán un máximo de 30 segundos para votar. Quien incumpla mantendría la sanción que ya contempla el Reglamento: la pérdida de la dieta correspondiente a esa sesión.

La reforma tampoco cambiaría la excepción que permite a una diputación excusarse de votar y retirarse cuando considere que el asunto podría otorgarle directamente un beneficio a ella, a su cónyuge o pareja, a familiares hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad, o a empresas en las que posea participación accionaria.

El proyecto contiene una contradicción interna: su exposición de motivos señala en varias ocasiones que pretende conceder dos minutos para votar, pero el articulado que efectivamente reformaría el Reglamento establece un máximo de 30 segundos.

Decisiones quedarían firmes inmediatamente

El expediente 25.761 propone eliminar completamente el recurso o moción de revisión, mediante el cual las diputaciones pueden solicitar que un órgano legislativo reconsidere una decisión que ya tomó y, si acepta la revisión, vuelva a votar el asunto.

El artículo 155 vigente permite pedir revisión por una sola vez sobre declaraciones, acuerdos y resoluciones de la Asamblea y, como regla general, presentarla hasta inmediatamente antes de que se apruebe el acta correspondiente en la sesión siguiente. El Reglamento también contempla revisiones para votaciones de proyectos en primer y segundo debate, mociones de fondo, proposiciones, mociones delegatorias, avocaciones y otras decisiones legislativas, aunque actualmente excluye de revisión los nombramientos o elecciones que realiza el Congreso en ejercicio de sus competencias constitucionales.

Quesada propone sustituir ese sistema por una regla según la cual las votaciones, acuerdos y resoluciones quedarían firmes desde el momento en que la Presidencia anuncie su resultado. Una votación únicamente podría repetirse cuando la Constitución Política o alguna disposición del propio Reglamento ordene expresamente hacerlo, como ocurre ante determinados empates.

La iniciativa eliminaría, además, las disposiciones que permiten presentar revisiones en las Comisiones Legislativas Plenas y dentro del procedimiento abreviado, y suprimiría las referencias a ese recurso distribuidas por diferentes artículos reglamentarios. Las revisiones que ya estuvieran presentadas al momento de entrar en vigencia la reforma continuarían bajo las reglas actuales, pero a partir de entonces no podrían presentarse nuevas.

En la práctica, una diputación que pierda una votación ya no tendría el recurso de revisión para procurar que el mismo órgano reconsidere el resultado. Continuarían otros mecanismos que el proyecto no elimina, entre ellos las apelaciones contra decisiones de la Presidencia, las consultas de constitucionalidad, las mociones de forma y, cuando corresponda, la devolución de un proyecto a comisión o la retrotracción de su trámite.

Recortes a los tiempos para hablar

El expediente 25.762 contiene la reforma más extensa y modificaría diez artículos para reducir distintos plazos de uso de la palabra. Uno de los cambios más significativos ocurriría durante la discusión de mociones en las comisiones permanentes y especiales.

Actualmente, el artículo 5 permite que una diputación utilice hasta 15 minutos para defender o atacar una moción. Además de la persona proponente, pueden hablar hasta dos diputaciones para defenderla y dos para atacarla, cada una con su respectivo tiempo, por lo que una discusión podría acumular hasta 75 minutos si intervienen el proponente y las otras cuatro personas autorizadas.

La reforma concedería al proponente un máximo de 10 minutos y sustituiría los cuatro turnos adicionales por dos bolsas colectivas: hasta 10 minutos entre todas las diputaciones que quieran hablar a favor y otros 10 minutos entre quienes quieran hablar en contra. De utilizarse completamente los tres espacios, la discusión quedaría limitada a 30 minutos, aunque podrían intervenir más personas si se reparten esas bolsas de tiempo.

La propuesta también reduciría de 15 a cinco minutos el plazo general que tiene cada diputación para intervenir en los asuntos para los cuales el Reglamento no establece un tiempo específico. Las interrupciones y réplicas continuarían teniendo un máximo de dos minutos cada una, pero la dinámica completa pasaría de un máximo actual de 30 minutos a 10 minutos. Además, el proyecto impediría ceder a otras diputaciones esos tiempos.

En el Plenario, la explicación inicial de cada dictamen antes del primer debate bajaría de 15 a 10 minutos. Una vez iniciado el debate, el tiempo para referirse a cada moción seguiría siendo de 10 minutos por diputado, por lo que en ese punto no existe una reducción respecto de la regulación vigente; el cambio ocurriría al discutir el fondo del proyecto, donde cada diputación pasaría de disponer de hasta 20 minutos a 10 minutos.

En segundo debate, el espacio individual se reduciría de 10 a cinco minutos. El proyecto también prohibiría expresamente conceder plazos adicionales o ceder esos tiempos a otra diputación.

Los recortes alcanzarían igualmente a las Comisiones Legislativas Plenas. En ellas, el tiempo colectivo para explicar cada dictamen bajaría de 10 a cinco minutos, mientras que para los proponentes de proyectos dispensados de trámites pasaría de 15 a cinco minutos. La discusión general en segundo debate también se reduciría de 10 a cinco minutos por diputación.

Para los proyectos sometidos al procedimiento abreviado, la discusión general en comisión se mantendría en 10 minutos por diputación y tampoco cambiarían los cinco minutos que actualmente tiene el proponente de una moción de fondo, así como una diputación a favor y otra en contra. Sí se reduciría de 10 a cinco minutos el tiempo individual para discutir esos proyectos en primer y segundo debate.

La iniciativa también incorporaría un límite de 10 minutos para las discusiones que surjan por alusiones entre diputaciones y establecería un máximo similar para las interrupciones. Actualmente, el Reglamento regula quién puede interrumpir y faculta a la Presidencia para retirar la palabra cuando exista abuso, pero no fija un tope global de 10 minutos para esas interrupciones.

Eliminar la posibilidad de revivir mociones rechazadas

El expediente 25.763 eliminaría las mociones de reiteración reguladas actualmente por el artículo 138. Ese mecanismo permite que una diputación lleve al Plenario una moción de fondo que presentó y perdió previamente en comisión, incluida una moción tramitada mediante el artículo 137.

Actualmente, las reiteraciones pueden presentarse desde el anuncio del último informe de mociones del artículo 137 y durante el siguiente día hábil. Si el Plenario aprueba la moción de reiteración —que funciona como una moción de orden—, pasa a actuar como comisión general y conoce nuevamente la modificación de fondo que la comisión había rechazado. El proponente dispone entonces de cinco minutos para defenderla, mientras que una diputación puede hablar cinco minutos a favor y otra cinco minutos en contra.

La reforma derogaría por completo el artículo 138, de modo que una moción rechazada en comisión ya no podría regresar al Plenario mediante ese mecanismo. También modificaría el artículo 134 para eliminar del primer debate la etapa destinada a conocer las reiteraciones.

El cambio alcanzaría incluso al trámite del Presupuesto Nacional. El artículo 205 vigente permite que, cuando el Plenario se convierte en comisión general para discutir el presupuesto, las diputaciones tengan cinco días hábiles para presentar tanto mociones nuevas como reiteraciones de las rechazadas previamente en la Comisión de Asuntos Hacendarios, y obliga a conocer primero estas últimas. Quesada propone conservar el plazo de cinco días, pero únicamente para presentar mociones nuevas.

En cambio, el proyecto no crea el límite de dos mociones de orden por sesión que aparece en el artículo 189, pues esa restricción ya forma parte del Reglamento para los proyectos sometidos al procedimiento abreviado. Ese procedimiento tampoco admite actualmente mociones de reiteración; la reforma eliminaría esa referencia expresa porque, si prospera la propuesta, las reiteraciones dejarían de existir en cualquier procedimiento.

Quesada afirmó que las reformas buscan evitar que los espacios de deliberación terminen utilizándose para impedir las votaciones y mencionó como ejemplos los prolongados trámites de los proyectos relacionados con Crucitas, las jornadas 4x3, la regulación del transporte mediante plataformas digitales y la reforma del sector eléctrico.

Costa Rica necesita una Asamblea Legislativa que pueda trabajar con prontitud, eficiencia y responsabilidad. Debatir es indispensable en la democracia; pero no se puede utilizar el debate para impedir que el Congreso tome decisiones urgentes para el país”.

Los expedientes 25.761 y 25.762 modifican simultáneamente el artículo 194 del Reglamento, pero con textos distintos. El primero elimina de ese artículo cualquier referencia a las mociones de revisión, mientras que el segundo conserva la revisión y modifica otros tiempos de debate. Si ambas iniciativas avanzan, el Congreso tendría que armonizar sus textos para evitar que una reforma contradiga o revierta parcialmente a la otra.

Los cuatro proyectos se tramitarán de manera independiente, por lo que la Asamblea Legislativa podría aprobar algunos de los cambios y rechazar otros. Cada propuesta de reforma al reglamento interno del Congreso requiere para aprobarse al menos 38 votos a favor.

Breves

Este jueves el plenario votó, a doble sesión, un total de 303 mociones de revisión a mociones de fondo del proyecto de jornadas de 12 horas. Quedan 1211 revisiones pendientes por votar.

Proyectos dictaminados

Este jueves no se reportaron proyectos dictaminados en las comisiones.

Leyes publicadas

Este jueves no se publicaron nuevas leyes en La Gaceta.