
La acción se tramita bajo el expediente número 26-030461-0007-CO.
La Sala Constitucional dio curso a la acción de inconstitucionalidad presentada por la Defensoría de los Habitantes, contra el artículo 17 de la Ley número 8801, Ley General de Transferencia de Competencias del Poder Ejecutivo a las Municipalidades, por considerar que la reforma introducida a la legislación municipal podría significar un retroceso en la protección de los derechos de las mujeres en el ámbito local.
La acción, tramitada bajo el expediente número 26-030461-0007-CO, plantea que la modificación legal eliminó un nivel de protección normativa previamente reconocido, al suprimir la obligación de las municipalidades de garantizar la incorporación de la perspectiva de género y el enfoque de derechos humanos, así como la potestad expresa de crear Oficinas Municipales de la Mujer (OFIM) con presupuesto propio.
Desde la perspectiva de la Defensoría de los Habitantes, estos cambios podrían debilitar los avances institucionales alcanzados en materia de igualdad sustantiva y participación de las mujeres en el ámbito municipal, al dejar la permanencia, el presupuesto y el personal de las OFIM sujetos a las decisiones de cada gobierno local.
La acción constitucional se sustenta, entre otros instrumentos, en la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Convención de Belém do Pará, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Protocolo de San Salvador, así como en el principio de progresividad y la prohibición de regresividad de los derechos humanos.
Un elemento relevante señalado en al momento de la interposición de la acción, es que la Procuraduría General de la República, al pronunciarse previamente sobre la norma cuestionada, consideró que esta supone un retroceso en la protección de los derechos de las mujeres en el ámbito local y que coloca al Estado en una situación de incumplimiento de sus obligaciones internacionales, por lo que estimó que la norma resulta inconstitucional.
Como parte del trámite, la Sala confirió audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República (PGR) y al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM).
La Defensoría fundamentó su acción, además, en las preocupaciones expresadas por el CEDAW en sus observaciones de 2017 y 2023, particularmente respecto de la autoridad, mandato y capacidad de las OFIM.
Para la Defensoría, la discusión constitucional representa una oportunidad para examinar si el marco jurídico vigente garantiza adecuadamente la continuidad de los mecanismos institucionales destinados a promover la igualdad y la protección de los derechos de las mujeres en los gobiernos locales.
Importante destacar que, la admisión de la acción de inconstitucionalidad no significa que la Sala Constitucional haya declarado inconstitucional la norma cuestionada. El proceso continuará conforme al procedimiento establecido por la Ley de la Jurisdicción Constitucional.
