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Once oficialistas proponen incluir el derecho a la autodeterminación informativa en la Constitución

El proyecto liderado por la diputada Kattia Mora propone introducir dos párrafos al artículo 24 de la Constitución Política.

Un grupo de once congresistas del Partido Pueblo Soberano (PPSO), liderado por la diputada Kattia Mora Montoya, presentó a la corriente legislativa un proyecto de reforma constitucional (expediente 25.691) para reconocer el derecho a la autodeterminación informativa.

El proyecto introduce dos párrafos al artículo 24 de la Constitución Política para establecer que "toda persona tiene derecho a la autodeterminación informativa, que comprende la facultad de controlar la recopilación, uso, tratamiento y circulación de sus datos personales, así como, en los términos que establezca la ley, a acceder, rectificar o suprimir dichos datos".

La iniciativa también establece que la ley regulará las condiciones para el ejercicio de ese derecho, establecerá las garantías necesarias para su protección y definirá los supuestos de excepción, en armonía con los demás derechos fundamentales y el interés público.

La exposición de motivos justifica la incorporación de este derecho en la Constitución al indicar:

En la actualidad, la información personal se ha convertido en un elemento central en las dinámicas sociales, económicas y tecnológicas, lo que plantea nuevos riesgos para la dignidad, la libertad y la autonomía de las personas.

El texto añade:

La protección de la privacidad no puede limitarse a la inviolabilidad de las comunicaciones o a la reserva de los documentos, sino que requiere reconocer un ámbito más amplio: el derecho de toda persona a controlar la información que le concierne.

El proyecto fue presentado con las firmas de los oficialistas:

  • Kattia Alejandra Mora Montoya.
  • Kattia Calvo Cruz.
  • Kattia María Ulate Alvarado.
  • Ana Ruth Esquivel Medrano.
  • Mayuli Ortega Guzmán.
  • Reynaldo Arias Mora.
  • Fernando Obaldía Álvarez.
  • Juan Manuel Quesada Espinoza.
  • Sadie Esmeralda Britton González.
  • Daniel Asdrúbal Siézar Cárdenas.
  • Yara Vanessa Jiménez Fallas.

Tras su presentación, la iniciativa deberá iniciar el trámite especial establecido para las reformas constitucionales.

Trámite de una reforma constitucional

Las reformas parciales a la Constitución Política siguen un trámite especial para su aprobación, que incluye:

  • La propuesta debe leerse tres veces en el Plenario durante un mismo cuatrienio, para luego realizar una votación sobre si se admite o no para estudio. La admisión requiere mayoría absoluta.
  • Una vez admitida la propuesta, se conforma una comisión especial que se encargará únicamente de analizar ese expediente.
  • La comisión rendirá un dictamen de la iniciativa al Plenario, que deberá discutirlo y votarlo en primer debate de primera legislatura. Para aprobarlo, se requiere mayoría absoluta.
Una legislatura es el año legislativo que va del 1.° de mayo al 30 de abril del año siguiente. Cada período constitucional de una Asamblea Legislativa está conformado por cuatro legislaturas, que equivalen a un cuatrienio.
  • Si el proyecto se aprueba en primer debate de primera legislatura, debe enviarse a consulta a la Sala Constitucional.
  • Si el proyecto supera la consulta de constitucionalidad, debe aprobarse en segundo debate de primera legislatura con mayoría calificada de 38 votos, sin importar si el primer y el segundo debate coinciden en una misma legislatura.
  • El proyecto se envía a la Presidencia de la República para que lo incluya en su mensaje sobre el Estado Político de la Nación, que debe presentarse al inicio de cada legislatura.
  • Posteriormente, el proyecto debe discutirse y votarse en tres debates, que requieren mayoría calificada y pueden realizarse en una misma legislatura.