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Gobierno declara emergencia nacional en nueve cantones por temporales de agosto

La declaratoria abarca Guatuso, Turrialba, Sarapiquí y seis cantones de Limón afectados por las ondas tropicales 32 y 33 y las fuertes lluvias registradas en agosto.

El Poder Ejecutivo declaró estado de emergencia nacional en nueve cantones afectados por las fuertes lluvias que golpearon distintas zonas del país durante agosto, principalmente por el paso de las ondas tropicales 32 y 33 y la influencia de la Zona de Convergencia Intertropical, según consta en el decreto publicado este lunes en un alcance extraordinario del diario oficial La Gaceta.

La declaratoria comprende Guatuso, en Alajuela; Turrialba, en Cartago; Sarapiquí, en Heredia; y los cantones de Limón, Pococí, Siquirres, Talamanca, Matina y Guácimo, en la provincia de Limón. El decreto señala específicamente las afectaciones provocadas por el temporal entre el 13 y el 16 de agosto.

El Gobierno fundamentó la decisión en una sucesión de eventos meteorológicos que afectaron el Caribe y la Zona Norte desde el 20 de julio. Según los informes incorporados al decreto, durante ese periodo pasaron por el país ocho ondas tropicales —de la 24 a la 29, además de la 32 y la 33—, acompañadas por el reforzamiento de la Zona de Convergencia Intertropical y vientos alisios acelerados en la cuenca del Caribe.

Las condiciones provocaron lluvias reiteradas, una elevada saturación de los suelos y crecidas de ríos y quebradas. La Dirección de Gestión del Riesgo de la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias (CNE) señaló que el episodio de mayor intensidad ocurrió entre el 16 y el 17 de agosto, cuando se acumularon hasta 360 litros de lluvia por metro cuadrado en 48 horas en el Caribe Sur y Turrialba.

Los reportes también consignaron inundaciones por desbordamientos de ríos y afectaciones en territorios indígenas. En Talamanca, las lluvias incrementaron significativamente los caudales de ríos y quebradas y dejaron comunidades de sectores como Alto Chirripó, Tayní, Isla Cohen, Bajo Cuén, Suruy, Bella Vista, Gavilán, Cerere, Makua, Kalvery, Jabuy, Moi y Cuchey incomunicadas por vía terrestre.

La declaratoria comprende las tres etapas previstas por la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo: respuesta, rehabilitación y reconstrucción. La CNE tendrá a su cargo la planificación, dirección, control y coordinación de los programas necesarios para atender las zonas afectadas y podrá designar como unidades ejecutoras a otras instituciones públicas.

El decreto también establece un procedimiento para identificar los proyectos que formarán parte del Plan General de la Emergencia. Las instituciones públicas tendrán 30 días naturales desde la entrada en vigencia del decreto para presentar los daños que requieran atención prioritaria y podrán remitir otros reportes durante un segundo plazo adicional de 30 días.

La CNE deberá verificar que exista una relación directa entre el temporal y los daños reportados antes de incorporar cada proyecto al plan de emergencia. La declaratoria permite, además, destinar recursos del Fondo Nacional de Emergencias, recibir donaciones públicas y privadas y utilizar fondos remanentes no comprometidos de otras emergencias, previa autorización de la Junta Directiva de la CNE.

El Ejecutivo también autorizó a las instituciones públicas a simplificar o eliminar trámites ordinarios que no resulten estrictamente necesarios para atender a las personas damnificadas y reparar los daños. Cuando las obras requieran procesos de contratación pública, el decreto instruye utilizar los procedimientos de urgencia previstos en la legislación.

La declaratoria entró en vigor con su firma, el 20 de agosto de 2026, y se mantendrá durante el plazo que determine el Poder Ejecutivo con base en los informes de la CNE o hasta alcanzar el límite establecido por la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo.