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Diputado oficialista propone ley para que las asociaciones solidaristas deban promover el deporte, la recreación y la actividad física a sus asociados

La iniciativa argumenta que dentro de la misma denominación de lo que es y debe hacer una asociación solidarista se debe tener esta relación obrero-patronal de salud integral.

El diputado del Partido Pueblo Soberano (PPSO), Royner Mora Ruiz, presentó un proyecto de ley (Expediente 25.740) que incluiría como fin de las asociaciones solidaristas el bienestar físico, psicológico y mental de sus asociados, a través de la práctica del deporte, la recreación y la actividad física, entre otros. Señala que dentro de la definición y los objetivos de estas asociaciones está intrínseca la obligación.

El texto explica que el concepto jurídico desarrollo integral de sus asociados”, señalado en la ley actual, por su sentido, alcance, cobertura y contenido, da cabida a la práctica del deporte, la actividad recreativa y física. Además, los efectos de no generar estos espacios son incompatibles con los objetivos de las asociaciones.

En los motivos también se incluye el concepto de “paz social”, el cual señala que está equiparado con la promoción de la salud, actividad física y deporte, pues son actividades estimulantes y que ayudan a la calma de las personas.

El proyecto se denomina “Reforma a la Ley de Asociaciones Solidaristas, Ley N.° 6970, para promover el deporte, la recreación y la actividad física como parte del desarrollo integral de las personas asociadas” y modifica los artículos 2 y 23 de dicha ley.

El artículo 2 dice actualmente:

Los fines primordiales de las asociaciones solidaristas son procurar la justicia y la paz social, la armonía obrero-patronal y el desarrollo integral de sus asociados.”

Pasaría a decir:

Los fines primordiales de las asociaciones solidaristas son procurar la justicia y la paz social, la armonía obrero-patronal y el desarrollo integral de sus asociados, lo que incluirá el bienestar físico, psicológico, mental a través de la práctica del deporte, la recreación y la actividad física, entre otros."

Por otro lado el artículo 23 pasaría de decir:

Las asociaciones solidaristas deberán invertir en programas de vivienda y en actividades reproductivas, y podrán usar hasta un diez por ciento de su disponibilidad en educación de los socios o de sus familiares. En todo caso deberán mantener las reservas necesarias para cancelar la parte correspondiente cuando se produzcan cesantías.

A indicar:

Las asociaciones solidaristas deberán invertir en programas de vivienda y en actividades reproductivas, en programas deportivos, recreativos, y de actividad física; a su vez, podrán usar hasta un diez por ciento de su disponibilidad en educación de los socios o de sus familiares. En todo caso, independientemente del destino o de la naturaleza de las inversiones que realicen, deberán mantener las reservas necesarias para cancelar la parte correspondiente cuando se produzcan cesantías.
(...)”

Tras su presentación el 24 de agosto, el proyecto ahora deberá ser asignado a una comisión legislativa para iniciar su trámite correspondiente.