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Cuando la Constitución habla más fuerte que la fuerza

Las democracias se ponen a prueba precisamente cuando las decisiones de sus instituciones generan desacuerdo. Es entonces cuando se mide la fortaleza de un Estado de derecho y el verdadero compromiso de sus ciudadanos y de sus líderes con los principios que sostienen la convivencia democrática.

La reciente decisión de la Sala Constitucional relacionada con la renovación de los magistrados suplentes ha provocado un intenso debate nacional. Es natural que existan posiciones encontradas y que algunos compartan su resultado mientras otros lo cuestionen. Esa diversidad de opiniones es propia de una sociedad democrática y debe ser respetada.

Sin embargo, también es importante recordar cuál es el papel que la Constitución le asigna a la Sala Constitucional. Su función no es resolver controversias desde una perspectiva política ni satisfacer las expectativas de uno u otro sector. Su misión es ejercer el control de constitucionalidad y resolver los conflictos jurídicos que se someten a su conocimiento con fundamento en la Constitución y el ordenamiento jurídico. Esa es la razón de ser de un tribunal constitucional en cualquier democracia.

Conviene, además, actuar con prudencia. Los fundamentos completos de la decisión aún no han sido dados a conocer. Solo cuando se notifique la sentencia integral podrán analizarse, con el rigor que corresponde, su motivación, sus alcances y los argumentos que llevaron a la Sala a adoptar esa decisión.

Las sentencias no se interpretan únicamente a partir de su parte dispositiva. Deben leerse de manera integral, considerando especialmente su fundamentación jurídica y los razonamientos contenidos en los considerandos, pues es ahí donde el tribunal explica el alcance constitucional de su decisión. Mientras ese análisis no sea posible, resulta prematuro e irresponsable emitir juicios definitivos sobre la resolución o atribuir a los magistrados motivaciones que todavía no pueden ser valoradas a la luz de la sentencia completa. En un Estado de derecho, la crítica jurídica exige conocer primero las razones que sustentan la decisión.

Precisamente por ello, una sentencia puede ser objeto de análisis, de crítica e incluso de desacuerdo, pero esa discusión debe darse con argumentos jurídicos y por las vías que el propio Estado de derecho contempla. Nuestro ordenamiento establece mecanismos para solicitar aclaraciones, promover las gestiones que legalmente correspondan y, cuando resulte procedente, acudir a las instancias internacionales previstas por el derecho. Esa es la diferencia esencial entre un Estado de derecho y un Estado donde prevalece la fuerza: los conflictos se resuelven mediante el derecho y nunca mediante la imposición.

En ese contexto, preocupa profundamente el tono que ha adquirido parte del debate público. Las palabras importan y pocas expresiones tienen un peso jurídico, político e histórico tan profundo como “golpe de Estado”. Por eso, su utilización exige la mayor responsabilidad y prudencia, especialmente cuando proviene de quienes ejercen funciones públicas o influyen en la opinión ciudadana.

Un golpe de Estado no es una simple discrepancia entre poderes públicos, ni una resolución judicial que desagrada a un sector político, ni una decisión que modifica una práctica institucional. Desde la perspectiva del derecho constitucional, supone el rompimiento del orden constitucional mediante la fuerza o por vías ajenas a los procedimientos que la propia Constitución establece. Por ello, utilizar esa expresión sin sustento jurídico y estimular el incumplimiento de la sentencia no contribuye al debate democrático; por el contrario, alimenta la polarización, genera incertidumbre y debilita la confianza de los ciudadanos en sus instituciones.

Igualmente preocupantes son los llamados que han circulado para que la Fuerza Pública intervenga el Poder Judicial o para desconocer las decisiones de los tribunales. Ese tipo de planteamientos no representan una salida democrática a los conflictos. Constituyen una peligrosa invitación a quebrantar el orden constitucional y los principios de separación e independencia de los poderes públicos, elementos esenciales de nuestro Estado democrático de derecho. Ninguna diferencia política o jurídica justifica poner en riesgo la institucionalidad ni la paz social que Costa Rica ha construido durante décadas.

La independencia judicial no existe para proteger a los jueces o magistrados como personas. Existe para proteger a todos los ciudadanos, garantizando que las controversias sean resueltas conforme a la Constitución y a la ley y sin presiones políticas, económicas o de cualquier otra naturaleza. Debilitar esa independencia es debilitar una de las principales garantías de nuestras libertades.

Defender el respeto a las instituciones tampoco significa renunciar a la crítica. En democracia, la crítica es indispensable. Lo que fortalece la institucionalidad es una crítica responsable, sustentada en argumentos y canalizada por los mecanismos que la ley establece. Lo que la debilita es la descalificación permanente, la intimidación, la incitación a la confrontación y la idea de que la fuerza puede sustituir al derecho.

Costa Rica ha construido, con enorme esfuerzo, una tradición democrática basada en el respeto a la Constitución, la independencia de los poderes del Estado y la solución pacífica de los conflictos. Ese patrimonio institucional no puede ponerse en riesgo por el calor de una coyuntura política ni por el uso irresponsable de discursos que exacerban la división.

Hoy más que nunca debemos actuar con prudencia y serenidad. Podemos disentir, cuestionar y debatir con toda la firmeza que exige una democracia viva. Pero también debemos recordar que las instituciones existen precisamente para procesar esos desacuerdos dentro del marco constitucional.

Porque las sentencias pueden dividir opiniones; la Constitución no debería dividir nuestro compromiso. El Estado de derecho no está para proteger a un gobierno, a un tribunal o a un partido político. Está para proteger la libertad, los derechos y las garantías de todos los costarricenses.

Defender la Constitución es defender la convivencia democrática. Defender la independencia de los poderes del Estado es defender la libertad de cada ciudadano. Y rechazar cualquier llamado a la violencia o al rompimiento del orden constitucional no es tomar partido por una institución o por una sentencia; es tomar partido por Costa Rica.

Esa es una causa que merece ser defendida siempre: con firmeza, con responsabilidad y, sobre todo, dentro de la ley.