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Asamblea aprueba en primer debate ley para reforzar seguridad en puertos y buques

La iniciativa establece controles, auditorías y planes obligatorios de protección marítima, además de un régimen de sanciones que permitiría incluso detener buques o cerrar temporalmente operaciones portuarias ante incumplimientos.

La Asamblea Legislativa aprobó este jueves 27 de agosto, en primer debate y con 50 votos a favor y ninguno en contra, el expediente 25.420, Ley de Protección Marítima. Se trata de una iniciativa que busca establecer en la legislación nacional las medidas de seguridad aplicables a puertos y buques que participan en viajes internacionales.

El proyecto lo propuso originalmente el exdiputado del Partido Progreso Social Democrático (PPSD), Alexander Barrantes Chacón, y pretende implementar las obligaciones contempladas en el capítulo XI-2 del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS) y en el Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias (Código PBIP).

La reforma aplicaría a operadores e instalaciones portuarias públicas y privadas que atiendan buques de viajes internacionales, así como a buques de pasajeros, embarcaciones de carga de 500 unidades de arqueo bruto o más y unidades móviles de perforación mar adentro. También podría abarcar instalaciones que normalmente atiendan tráfico nacional cuando reciban ocasionalmente embarcaciones internacionales.

MOPT asumiría controles y auditorías

La iniciativa designa al Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), por medio de la Dirección de Navegación y Seguridad Acuática, como autoridad responsable de aplicar la normativa. Entre sus funciones estarían inspeccionar, verificar, auditar y certificar puertos nacionales y buques costarricenses, además de revisar el cumplimiento de las embarcaciones extranjeras que lleguen al país.

Cada instalación portuaria tendría que contar con una evaluación y un plan de protección aprobados por el MOPT. Estos documentos deberán identificar amenazas, zonas vulnerables y medidas para controlar el acceso de personas, vehículos, mercancías y embarcaciones, además de definir procedimientos de respuesta para tres niveles distintos de riesgo.

El proyecto también obliga a efectuar auditorías internas y externas. Las instalaciones portuarias recibirían auditorías externas para obtener o mantener su declaración de cumplimiento, mientras que el MOPT podría efectuar controles de seguimiento anunciados o sin previo aviso para comprobar el funcionamiento de las medidas de seguridad.

La propuesta crea además un Comité Nacional de Protección Marítima, encabezado por el MOPT e integrado por instituciones como Seguridad Pública, Presidencia, Aduanas, Migración, Japdeva e Incop, junto con representantes de operadores portuarios. Cada puerto tendría también un comité local encargado de coordinar acciones ante amenazas o incidentes.

Podrían detener buques y suspender operaciones

La legislación permitiría al MOPT aplicar medidas cuando encuentre razones fundadas para considerar que un buque incumple las normas internacionales de protección. Entre ellas figuran inspeccionar, retrasar o detener una embarcación, restringir sus operaciones, impedirle entrar al puerto o expulsarla.

Para las instalaciones portuarias, la autoridad podría restringir accesos y operaciones, suspender actividades o retirar la declaración que acredita su cumplimiento de las medidas de protección. La desatención de planes correctivos por faltas graves también podría provocar el cierre temporal de las operaciones de un puerto.

El proyecto clasifica los incumplimientos como leves, graves y muy graves. Entre las faltas graves incluye deficiencias en controles de ingreso, fallos en sistemas de vigilancia, ausencia de inspecciones de personas o vehículos, accesos no autorizados a zonas restringidas y problemas en procedimientos de ciberseguridad.

En el caso de los buques extranjeros, la iniciativa contempla retenciones de entre 24 y 48 horas por determinadas faltas, como ingresar sin un certificado internacional de protección vigente, carecer de un oficial de protección formalmente designado o impedir el ingreso de las autoridades costarricenses para efectuar verificaciones.

La propuesta también crea un Fondo Especial de Seguridad y Protección Marítima, administrado por el MOPT, destinado exclusivamente a financiar las funciones establecidas en la ley. Entre sus fuentes de recursos figura una tarifa por cada unidad de arqueo bruto de los buques que ingresen a puertos nacionales, cuyo monto deberá definir posteriormente el Poder Ejecutivo.

El expediente deberá superar todavía el segundo debate antes de pasar al Poder Ejecutivo. Si se convierte en ley, el Gobierno dispondrá de seis meses después de su publicación para emitir el reglamento correspondiente.