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83 años del Código de Trabajo: un ejemplo de que si es posible ponerse de acuerdo

El 29 de agosto de 1943, una Costa Rica de cerca de 700.000 habitantes se convirtió en una nación garante del respeto y la tutela de los derechos de las personas trabajadoras. Son 83 años de una hazaña que muy pocos conmemoran, pero de cuyos resultados todas y todos disfrutamos en nuestra cotidianidad.

Con la influencia del Código Napoleónico a inicios del siglo XIX, Costa Rica promulgó el célebre Código General del Estado de Costa Rica en 1841, cuerpo normativo que contenía una división especializada en tres materias: Derecho Civil, Derecho Penal y una tercera sección destinada exclusivamente a procedimientos. En la sección del Derecho Civil se encontraba regulada la figura del arrendamiento de servicios o el locatio operarum, la cual consistía en que un particular arrendaba su fuerza de trabajo a cambio del pago de un monto económico. Dicha figura continuó incorporada y ratificada en el vigente Código Civil de 1888, estipulada en el Título VI, “Del Arrendamiento de Obras”, Capítulo I, desde el artículo 1169 hasta el artículo 1174.

Con el paso del tiempo, esta regulación civil del trabajo comenzó a generar vacíos en su aplicación, pues muchos de los aspectos propios de una relación laboral se estaban dejando, toscamente, a merced de una regulación que presuponía como iguales a las dos partes contratantes.

Esta incertidumbre y ausencia de ley positiva que permitiera regular aspectos esenciales de una relación de trabajo llevaron a que se realizaran diversos cambios a inicios del siglo XX, como la promulgación de una Ley de Accidentes de Trabajo en 1925 y la Ley N.º 100, que estableció la jornada de ocho horas, producto de las luchas sociales y movimientos huelguísticos influenciados por los movimientos obreros de Norteamérica y Europa a finales del siglo XIX e inicios del XX.

A pesar de la aprobación de estas leyes, seguía existiendo una laguna de incertidumbres que no podían atenderse. Sin embargo, diversos factores, como las luchas sociales en Costa Rica de finales del siglo XIX e inicios del siglo XX y la influencia de la doctrina social cristiana emanada de las encíclicas Rerum Novarum, del papa León XIII, y Quadragesimo Anno, del papa Pío XI, llevaron a que el Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia ordenara mediante decreto, en 1942, la conformación de una comisión redactora del proyecto del Código de Trabajo. Con mucha meticulosidad y esfuerzo, el proyecto del Código llegó al Congreso de la República, que lo aprobó el 23 de agosto de 1943. El Poder Ejecutivo lo sancionó el 27 de agosto, se publicó el 29 de agosto y comenzó a regir el 15 de setiembre del mismo año.

Es importante evocar nuestra historia, por cuanto estos antecedentes, más allá de constituir un espacio escrito en un libro de historia, pueden servirnos como herramientas para atender los asuntos actuales.

Para conmemorar un nuevo aniversario del Código de Trabajo, no podemos en absoluto pasar por alto la gran cantidad de eventos y desenlaces históricos que tuvieron que concatenarse para que la administración Calderón Guardia tomara la decisión tan visionaria y pionera de elevar los derechos laborales a rango constitucional, mediante la incorporación del capítulo de Garantías Sociales a la Constitución Política de 1871, vigente en aquel momento.

Para que todo ello sucediera, tuvo que existir un cese al fuego de ideologías y egos, y cada sector que dio su aporte a esta hazaña histórica puso la bandera de Costa Rica sobre cualquier situación o inconformidad. ¿Suena esto familiar? Dejo que el lector saque sus conclusiones por sí solo o sola.

La Iglesia católica, el Partido Comunista y el Estado costarricense, todos marchando en una misma dirección para crear un Código que, si bien no es perfecto —como nada en esta vida—, cumple 83 años de existencia y constituye uno de los cuerpos normativos del trabajo más longevos de América Latina. La longevidad de su vigencia, por sí sola, deja claro que este proyecto dio como resultado una legislación sólida, la cual ha trascendido durante 83 años con miras a tutelar los derechos de las personas trabajadoras.

Ahora bien, después de 83 años, el sector trabajo enfrenta nuevas realidades que no se ajustan a la redacción fijada en los años 40: desconcentración del trabajo, inteligencia artificial, entre otros aspectos, evidencian que nuestro Código de Trabajo requiere ciertas reformas que permitan adaptarlo a las necesidades de los empleadores y trabajadores del siglo XXI.

No obstante, más allá de las posibles reformas que requiere el Código, este nos debe servir como el ejemplo más claro de que es posible ponernos de acuerdo y de que, si reunimos fuerzas y dejamos de lado nuestras diferencias ideológicas, partidarias, de pensamiento u otras, se pueden construir puentes con cimientos sólidos.

Hoy en día, la polarización social y las grandes diferencias que existen entre los poderes de la República han llevado a un estancamiento en la creación de acuerdos por el futuro de nuestro país. He de recordar que, mientras unos quieren probar su punto y defenderlo hasta más no poder, en medio de todo eso es el pueblo costarricense quien pierde y se consume cada vez más en un abismo de problemas que siguen sin resolverse.

Este nuevo aniversario del Código de Trabajo debe servirles a los políticos actuales para comprender que las negociaciones respetuosas y abiertas a críticas nos pueden llevar a lugares inimaginables como país, construyendo acuerdos que pongan por delante los intereses de la sociedad costarricense y no los de unos pocos.

La pregunta del millón radica en si existe voluntad para que los actores políticos quieran sentarse a negociar y dialogar. Pero claro está que, como país, hemos tenido un sinfín de ejemplos a través de nuestra historia de cómo podemos dejar de lado nuestras diferencias y poner por delante los intereses de Costa Rica. Entonces, si hace 83 años se pudo lograr, ¿qué nos detiene de hacerlo en la actualidad?