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42 congresistas proponen reconocer la Lengua de Señas Costarricense en la Constitución

El texto fue presentado con la firma principal de la diputada oficialista del Partido Pueblo Soberano (PPSO), Kattia María Ulate Alvarado.

Un grupo de 42 congresistas presentó a la corriente legislativa un proyecto de reforma constitucional (expediente 25.685) que propone reconocer la Lengua de Señas Costarricense (Lesco) como patrimonio cultural y lingüístico de Costa Rica.

La diputada oficialista del Partido Pueblo Soberano (PPSO), Kattia María Ulate Alvarado, encabeza la iniciativa, que cuenta con firmas de respaldo de todas las bancadas legislativas.

Los proyectos de reforma constitucional solo pueden presentarse durante el periodo de sesiones ordinarias y deben contar con, al menos, 10 firmas de respaldo.

La propuesta introduciría el reconocimiento en el artículo 76 de la Constitución Política. Además, establecería que el Estado deberá adoptar las medidas necesarias para la protección, promoción, preservación, enseñanza, desarrollo y uso de la Lesco como expresión de la identidad lingüística y cultural de la comunidad sorda.

La exposición de motivos justifica la adición al indicar:

El reconocimiento constitucional de la Lengua de Señas Costarricense no solo constituye una medida de justicia lingüística y cultural, sino también una obligación derivada de los principios constitucionales de igualdad, dignidad humana, diversidad cultural y respeto a los derechos humanos. Su incorporación al texto constitucional fortalecería la protección del patrimonio lingüístico nacional y reafirmaría el compromiso del Estado costarricense con la construcción de una sociedad verdaderamente inclusiva, accesible y respetuosa de la diversidad".

Tras su presentación, la iniciativa deberá iniciar el trámite especial que requieren las reformas constitucionales.

Trámite de una reforma constitucional

Las reformas parciales a la Constitución Política llevan un trámite especial para su aprobación tras ser presentadas que incluye:

  • Se debe leer tres veces en el plenario durante un mismo cuatrienio, para luego hacer una votación de si se admite o no para estudio, lo cual requiere mayoría absoluta, para ser admitida.
  • Una vez admitida la propuesta, se conforma una comisión especial que se encargará únicamente de analizar ese expediente.
  • La comisión brindará un dictamen de la iniciativa al plenario, que debe discutirlo y votar en primer debate de primera legislatura, donde requiere mayoría absoluta para ser aprobado.
Una legislatura es el año legislativo que va del 1 de mayo al 30 de abril del año siguiente. Cada periodo constitucional de una Asamblea Legislativa está conformado por cuatro legislaturas, que equivalen a un cuatrienio.
  • Si el proyecto se aprueba en primer debate de primera legislatura debe enviarse a consulta a la Sala Constitucional.
  • Si el proyecto pasa la consulta de constitucionalidad debe aprobarse en segundo debate de primera legislatura, con mayoría calificada de 38 votos, sin importar si el primer y segundo debate coinciden en una misma legislatura.
  • El proyecto se envía a la Presidencia de la República para que lo incluya en su mensaje sobre el Estado Político de la Nación que debe darse al inicio de cada legislatura.
  • Posteriormente, el proyecto debe discutirse y votarse en tres debates, que requieren mayoría calificada, pudiendo todos ser en una misma legislatura.