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Marta Esquivel impuso restricciones de acceso a la prensa, medida que ella condenó siendo magistrada

Siendo magistrada, Esquivel condenó que el Congreso limitara acceso de la prensa a recintos del Congreso. Siendo diputada, limitó el ingreso de los medios a la Comisión de Nombramientos.

La diputada oficialista Marta Esquivel Rodríguez aplicó este miércoles restricciones al ingreso de camarógrafos y fotógrafos a la Comisión Permanente Especial de Nombramientos, pese a que, cuando integró la Sala Constitucional, redactó una sentencia que condenó obstáculos impuestos por la Asamblea Legislativa al trabajo de la prensa.

Las restricciones ocurrieron durante la audiencia con el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Orlando Aguirre. Esquivel, quien preside la comisión, negó el ingreso de cámaras de televisión y permitió que los fotógrafos entraran durante algunos minutos, para lo cual suspendió temporalmente la sesión.

La medida modificó la práctica habitual de la comisión, cuyas presidencias permitían el ingreso de camarógrafos y fotógrafos durante periodos breves sin detener las audiencias. Ante las consultas de los medios, Esquivel afirmó que habilitó un espacio antes de que comenzara la comparecencia.

“Se les dio chance tipo 9:30, pero no estaban todos; entonces no puedo estar suspendiendo y prefiero hacer un receso para no interrumpir a los expositores”, declaró la diputada, quien remitió a los periodistas a la señal oficial de la Asamblea Legislativa para seguir la audiencia.

“Realmente no se está impidiendo nada”, agregó Esquivel, según declaraciones recogidas por el diario La Nación.

La decisión contrasta con la resolución n.° 2018-019958, dictada por la Sala Constitucional el 30 de noviembre de 2018. Esquivel redactó y firmó esa sentencia, que declaró con lugar un recurso de amparo presentado por Luis Manuel Madrigal Mena, periodista encargado entonces de la cobertura legislativa de Delfino.cr.

El recurso surgió después de que funcionarios legislativos impidieran a periodistas, fotógrafos y camarógrafos ingresar al Plenario para documentar la juramentación del magistrado Jorge Arturo Araya García. La Asamblea alegó en aquel momento que los comunicadores podían entrevistar y fotografiar al magistrado posteriormente en el Salón de Expresidentes, además de seguir el acto desde la Barra de Prensa.

La Sala rechazó ese argumento y concluyó que las autoridades legislativas limitaron el acceso de los periodistas a un acto de interés público. La sentencia señaló que los nombramientos que dependen de la Asamblea Legislativa deben abordarse con publicidad y que las instituciones tienen la obligación de adoptar medidas que permitan a la ciudadanía conocer lo que ocurre en el Congreso.

“Toda medida que afecte el acceso a la información pública y la libertad de expresión está sometida a un test estricto de razonabilidad”, estableció la resolución redactada por Esquivel.

El fallo agregó que cualquier restricción debe proteger un interés superior, resultar debidamente justificada y constituir la alternativa menos gravosa para los derechos fundamentales. La sentencia también advirtió que la autoridad que impone una limitación debe demostrar las razones que la sustentan.

La resolución redactada por Esquivel retomó además un precedente de 2015 relacionado con la Comisión Permanente de Asuntos Hacendarios. En ese caso, la Sala condenó la decisión de expulsar a periodistas de una sesión y permitir únicamente la permanencia de un camarógrafo y un fotógrafo, pese a que las autoridades alegaron problemas de capacidad en el recinto.

“Es fundamental que los periodistas que laboran para los diferentes medios de comunicación colectiva, en especial quienes cubren el acontecer parlamentario, gocen de las mayores facilidades para realizar sus funciones a cabalidad”, indicó la sentencia de 2018 redactada por la ahora diputada oficialista.