La reforma también plantea multas de hasta 50 salarios base, regula criaderos y prohíbe dejar perros sin supervisión durante más de 24 horas.
La fracción legislativa del Frente Amplio presentó un proyecto de ley que propone cobrar un impuesto al valor agregado (IVA) de 20% sobre la venta de animales domésticos y domésticados, además de ampliar las obligaciones de sus responsables y establecer multas de hasta 50 salarios base por infracciones relacionadas con su bienestar.
La iniciativa, tramitada bajo el expediente 25.645, plantea una reforma integral a la Ley de Bienestar de los Animales, vigente desde 1994. El texto lleva las firmas de las siete diputaciones frenteamplistas y lo encabeza la legisladora María Eugenia Román Mora.
El nuevo impuesto no alcanzaría a los animales de asistencia ni a los aportes voluntarios realizados durante procesos de adopción en albergues, refugios o casas cuna. Del dinero recaudado, un 20% se destinaría al Servicio Nacional de Salud Animal (Senasa) y un 15% financiaría campañas de castración organizadas por esa institución o por entidades colaboradoras.
La propuesta también obligaría a las personas responsables de animales de compañía a garantizarles alimentación, higiene, atención, seguridad y un espacio libre de estrés y maltrato. Además, prohibiría que permanezcan atados o deambulen por lugares públicos sin vigilancia.
El proyecto establece que ningún animal doméstico o domesticado podrá quedar sin atención durante más de dos días consecutivos. Para los perros, el periodo máximo sin supervisión bajaría a 24 horas consecutivas.
La reforma prohibiría exhibir animales en vitrinas, jaulas o espacios limitados y exigiría que las personas o establecimientos dedicados a su reproducción con fines lucrativos cuenten con regencia veterinaria. Quienes los comercialicen también necesitarían una acreditación del Senasa, una patente municipal y el cumplimiento de los requisitos sanitarios correspondientes.
El texto incorpora reglas para albergues, refugios, organizaciones de rescate y casas cuna. Estas últimas podrían inscribirse voluntariamente ante el Senasa, aunque el registro resultaría obligatorio cuando reciban animales remitidos por autoridades, albergues u organizaciones para su posterior adopción.
Cuando las autoridades rescaten un animal de una persona de domicilio conocido, esta tendría tres días hábiles para reclamarlo. Si el rescate ocurrió por negligencia o incumplimiento de las obligaciones legales, su responsable tendría que reintegrar los gastos comprobables de alimentación, atención veterinaria y custodia antes de recuperarlo.
Multas y cierre de establecimientos
El proyecto divide las infracciones administrativas en leves, graves y muy graves. Las primeras recibirían un apercibimiento o una multa de uno a tres salarios base; las graves, de tres a cinco salarios base, y las muy graves, de cinco a 50 salarios base.
Entre las infracciones graves figuran utilizar métodos violentos para educar a un animal, entregarlo como premio o recompensa, mantener permanentemente perros o gatos en balcones, azoteas, patios, sótanos o vehículos y utilizar fauna silvestre en espectáculos públicos o privados.
La propuesta considera infracciones muy graves causar la muerte de un animal doméstico o domesticado, entrenarlo para peleas, reproducir animales sin cumplir la regulación del Senasa, comercializarlos ilícitamente o aplicar procesos de selección genética que perjudiquen su salud.
Además de las multas, las autoridades podrían intervenir los animales, clausurar establecimientos, suspender acreditaciones e inhabilitar a las personas responsables para ejercer actividades relacionadas con animales. La inhabilitación alcanzaría hasta cinco años por infracciones graves y entre cinco y diez años por conductas muy graves.
Las sanciones también podrían incluir cursos obligatorios de bienestar animal, trabajos comunales y la valoración de una eventual cancelación del permiso de portación de armas de la persona investigada.
Animales de asistencia, deporte y experimentación
La iniciativa reconoce expresamente a los animales como seres capaces de sentir dolor, angustia, miedo, afecto y bienestar. También regula a los animales de asistencia y establece que sus personas usuarias podrán ingresar con ellos a medios de transporte, lugares públicos y establecimientos privados abiertos al público.
Para los animales utilizados en deportes, la reforma prohibiría obligarlos a desarrollar actividades que excedan su condición física, edad, salud o entrenamiento, así como emplearlos cuando presenten signos de fatiga o sufrimiento.
En materia científica, el proyecto exigiría valorar métodos alternativos antes de utilizar animales en experimentos, entre ellos modelos matemáticos, simulaciones por computadora y sistemas biológicos in vitro. Los experimentos tendrían que registrarse ante el Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones y notificarse al Senasa.
La reforma también incorpora un procedimiento para trasladar animales silvestres decomisados, rescatados o entregados voluntariamente a centros autorizados, bajo supervisión del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac). El texto permitiría su eutanasia únicamente cuando exista un criterio veterinario técnico y científico que la justifique.
