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Diputada oficialista propone multa de ₡122 mil por transportar mascotas sin dispositivos de retención

Nayuribe Guadamuz propuso que las personas que circulen con mascotas en asientos delanteros o en las piernas de un pasajero sean sancionadas con una multa categoría C.

La diputada oficialista del Partido Pueblo Soberano (PPSO), Nayuribe Guadamuz Rosales, presentó a la corriente legislativa un proyecto de ley (expediente 25.646) que pretende sancionar con una multa de tránsito categoría C a las personas que transporten animales domésticos sin dispositivos de retención.

Para 2026, la multa categoría C corresponde a ₡122.597,53.

La exposición de motivos explica que “es cada vez más frecuente observar animales viajando sobre las piernas de los conductores, asomándose por las ventanas, ocupando el asiento delantero sin ninguna medida de sujeción o incluso siendo trasladados en vehículos de carrocería abierta sin protección alguna”.

Asimismo, detalla:

Estas prácticas representan un riesgo evidente para la seguridad vial, ya que pueden provocar distracciones, limitar la capacidad de reacción del conductor, interferir con el manejo del volante o los pedales y aumentar considerablemente la probabilidad de accidentes de tránsito”.

Actualmente, la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial (Ley 9078) sanciona con multa categoría C a quien incumpla las reglas de conducción, entre ellas “conducir realizando actividades distintas de las que demanda la debida conducción de vehículos”. La Policía de Tránsito ha señalado que esa disposición incluye la prohibición de que las mascotas viajen en las piernas, brazos, hombros o cabeza de la persona que conduce el vehículo.

La iniciativa añade un artículo 121 bis a la Ley 9078 para que también quede expresamente prohibido transportar animales domésticos sobre los asientos delanteros del vehículo, así como sobre las piernas o en el regazo de alguna de las personas ubicadas en los asientos delanteros o traseros.

Adicionalmente, el texto señala que, para transportar animales domésticos, estos deberán ubicarse “preferentemente en los asientos traseros, cuando el vehículo cuente con ellos, y ser transportados mediante dispositivos de retención que impidan que interfieran con la conducción o con los sistemas de seguridad del vehículo, y eviten su caída, proyección o desplazamiento dentro o fuera del vehículo”.

La exposición de motivos justifica la nueva sanción al señalar:

La propuesta procura proteger no solamente a los animales domésticos transportados, sino también la integridad y seguridad de conductores, pasajeros y terceros usuarios de las vías públicas. La utilización de mecanismos adecuados de sujeción o contención reduce significativamente el riesgo de accidentes, evita que los animales sean proyectados en caso de colisión y contribuye a una conducción más segura y responsable”.

El proyecto señala que la Ley de Bienestar de los Animales (Ley 7451) ya establece la obligación de las personas responsables de animales domésticos de garantizar condiciones adecuadas de seguridad y manejo en términos generales, pero considera necesario “complementar y fortalecer ese deber de protección, incorporando reglas específicas para el transporte seguro de animales domésticos en vehículos automotores”.

Debido a que la Asamblea Legislativa se encuentra en período de sesiones extraordinarias, la iniciativa debe ser convocada por el Poder Ejecutivo para iniciar su trámite antes del 1 de agosto, fecha en que inicia el primer período de sesiones ordinarias de la actual legislatura.