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Ya entraron a regir las nuevas disposiciones para crianza y comercialización de perros y gatos

Nuevo reglamento regula la comercialización de estas mascotas y prohíbe la realización de cirugías con fines estéticos o no terapéuticos en perros y gatos.

El Colegio de Profesionales en Medicina Veterinaria emitió un comunicado de prensa recordando que el pasado 12 de junio entraron a regir las nuevas disposiciones sobre comercialización y crianza de perros y gatos.

Estas disposiciones, contenidas en el Reglamento para regular los establecimientos de crianza y comercialización de perros y gatos (Decreto Ejecutivo 45344-MAG), tienen como objetivo regular el funcionamiento de los establecimientos dedicados a la crianza y comercialización de estas mascotas, promoviendo condiciones adecuadas de bienestar animal, salud pública y responsabilidad en la reproducción y comercialización de animales de compañía.

El ente gremial señaló que el reglamento establece un marco normativo que fortalece la supervisión sanitaria, el cumplimiento de estándares de bienestar animal y la articulación entre los distintos actores involucrados en esta actividad, incluyendo criadores, médicos veterinarios, instituciones públicas y ciudadanía.

El reglamento diferencia entre los criaderos familiares, donde los perros y gatos conviven de forma integrada con el núcleo familiar como animales de compañía, siempre y cuando no haya más de dos hembras reproductoras o seis animales adultos, y los criaderos comerciales, que pueden ser calificados como pequeños, medianos o grandes, dependiendo de la cantidad de animales que tengan.

Según la normativa, todos los criaderos deberán contar con el Certificado Veterinario de Operación otorgado por el Servicio Nacional de Salud Animal (Senasa). Adicionalmente, los criaderos familiares y pequeños deberán comprobar que cuentan con un médico veterinario de cabecera que es el responsable del seguimiento de las mascotas desde la preñez hasta la medicina preventiva tanto de los cachorros como de la madre. Por su parte, los criaderos medianos y grandes deberán contar con un médico veterinario asesor sin excepción, de manera que se garanticen las buenas prácticas reproductivas y de salud animal.

Adicionalmente, el colegio recordó que, según la nueva normativa, los perros y gatos no podrán ser comercializados en tiendas como pet shops o tiendas de mascotas, y los únicos establecimientos autorizados son las clínicas veterinarias autorizadas y los criaderos debidamente inscritos ante Senasa y Tributación Directa.

El ente gremial señaló que otro cambio importante es que, a partir de ahora, se prohíbe la realización de cirugías con fines estéticos o no terapéuticos, tales como la caudectomía (corte de cola), otectomía (corte de orejas), oniquectomía (extirpación de falanges o garras) y cordectomía (ablación de cuerdas vocales con el propósito de reducir el ruido producido por el animal). Asimismo, se prohíbe cualquier otro procedimiento quirúrgico mutilatorio que no responda a una indicación clínica debidamente justificada por un médico veterinario colegiado.

Las sanciones por incumplimiento del reglamento pueden oscilar entre siete y 50 salarios base.

El ente gremial pidió la colaboración de la población para velar por el cumplimiento de las nuevas disposiciones y así garantizar un equilibrio entre la salud pública y el bienestar animal en general.