Causa pendiente en el país debe ser resuelta antes de que Gilberth Hernán Bell Fernández, alias "Macho Coca", pueda ser extraditado.
El Poder Judicial informó que el Tribunal de Apelación de Sentencia del II Circuito Judicial de San José resolvió con lugar la apelación presentada por el Ministerio Público y la Procuraduría General de la República, sobre la solicitud de extradición de Gilberth Hernán Bell Fernández, alias "Macho Coca".
El fallo del Tribunal de Apelaciones revierte la sentencia del Tribunal Penal de Limón, que había rechazado la solicitud de extradición de "Macho Coca" señalando que los hechos por los que Estados Unidos estaba solicitando al nacional habían ocurrido previo a la reforma constitucional que habilitó la extradición de costarricenses. Sin embargo, el Tribunal de Apelación rechazó esa interpretación, dando la razón al Ministerio Público.
Las autoridades estadounidenses sostienen que Bell habría participado entre marzo de 2022 y agosto de 2023 en una organización dedicada al acopio y envío de grandes cargamentos de cocaína desde Costa Rica hacia Estados Unidos, incluso negociando el traslado de 700 kilogramos de droga a Nueva York. La solicitud de extradición fue pedida por el Tribunal del Distrito Sur de Nueva York el 5 de noviembre de 2025.
Desde la oficina de prensa del Poder Judicial explicaron que, aunque la decisión del Tribunal autoriza la extradición de "Macho Coca", este tiene todavía una causa pendiente en el país, la cual debe ser finalizada antes de que se pueda enviar al nacional a Estados Unidos. El caso pendiente se trata de la causa 23-008666-0042-PE, en la cual la Fiscalía Adjunta contra el Narcotráfico y Delitos Conexos dirigió 38 allanamientos el 10 de diciembre del 2024. La investigación se relaciona con un presunto robo de combustible en oleoductos ubicados en la provincia de Limón.
Adicionalmente, previo a la entrega de "Macho Coca", el gobierno de los Estados Unidos debe presentar la promesa formal de no juzgarle por otro hecho o hechos, no contemplados en la petición de extradición, que fueran anteriores o concomitantes a este, y que no será sometido a sanciones diversas a las correspondientes a aquellos por los que se acuerda la extradición, así como la garantía de que al nacional no se le aplicará la pena de muerte, prisión perpetua y, en caso de imponérsele pena de prisión, ésta no podrá superar los 50 años.
El Poder Judicial añadió que la parte dispositiva del voto 2026-0960 ya fue notificada a todas las partes intervinientes y la sentencia integral se les comunicará este miércoles.
