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Foto: Salvador Padilla, Ángela Aguilar y Diana Murillo, diputados del PLN fueron a presentar la consulta presencialmente ante la Sala IV.

PLN pide declarar inconstitucional trámite de presupuesto extraordinario

Consulta cuestiona mociones aprobadas en Hacendarios por introducir partidas que, según los legisladores firmantes, no estaban en el proyecto enviado por el Ejecutivo.

Un grupo de diputados y diputadas liderados por el Partido Liberación Nacional (PLN) presentó una consulta facultativa de constitucionalidad contra el proyecto de ley del primer presupuesto extraordinario de 2026, expediente 25.589, al considerar que durante su trámite en la Comisión de Asuntos Hacendarios se aprobaron mociones con posibles vicios sustanciales de procedimiento.

La consulta pide a la Sala Constitucional determinar si la comisión legislativa podía admitir, discutir y aprobar mociones de fondo que introdujeron movimientos en partidas y subpartidas no incluidas en el texto original remitido por el Poder Ejecutivo.

El cuestionamiento se dirige contra las mociones 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 18, aprobadas durante el trámite del presupuesto extraordinario. Según el documento, esas mociones incorporaron nuevos títulos, partidas, subpartidas o destinos específicos de gasto que no formaban parte de la iniciativa presupuestaria presentada por el Gobierno.

Los diputados sostienen que esa actuación pudo infringir los artículos 177 y 180 de la Constitución Política, que regulan la potestad presupuestaria del Poder Ejecutivo, así como los puntos 2 y 3 del artículo 206 del Reglamento de la Asamblea Legislativa.

El artículo 206 del reglamento legislativo establece el procedimiento especial para los presupuestos extraordinarios y modificaciones presupuestarias. La consulta señala que esa norma impide dar curso a mociones destinadas a suprimir, trasladar o aumentar partidas no comprendidas en el proyecto en discusión.

El documento afirma que la presidencia de la Comisión de Hacendarios, en manos de Nogui Acosta Jaén, debió declarar inadmisibles esas mociones, pero les dio trámite pese a las advertencias formuladas por legisladores de oposición y a criterios técnicos del Departamento de Servicios Técnicos y del Departamento de Análisis Presupuestario.

La consulta cita un criterio del Departamento de Análisis Presupuestario, fechado el 16 de junio de 2026, según el cual la potestad de enmienda de la Asamblea Legislativa en materia presupuestaria se limita al contenido del proyecto sometido a su conocimiento.

“No resulta procedente incorporar nuevos títulos, partidas, subpartidas o destinos presupuestarios que no formen parte de la iniciativa originalmente presentada por el Poder Ejecutivo”, señala el criterio citado en la consulta.

Los promoventes alegan que la mayoría de la comisión sustituyó la iniciativa presupuestaria del Ejecutivo al crear nuevos destinos presupuestarios, alterar partidas originalmente propuestas e imponer obligaciones de ejecución no contempladas en el texto base.

La consulta también pide a la Sala definir el efecto jurídico de un eventual vicio. En concreto, solicita determinar si una posible inconstitucionalidad afectaría únicamente el contenido de las mociones cuestionadas o si comprometería la validez del proyecto dictaminado en su totalidad.