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Sala IV declara inconstitucional exigir diagnóstico clínico en recetas digitales

Decreto establecía que receta digital para medicamentos antimicrobianos sistémicos tenía que incluir información detallada del paciente incluyendo el diagnóstico clínico.

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (popularmente conocida como Sala IV), por mayoría 4 a 2, encontró que los incisos l, m y n del artículos 13 del Decreto Ejecutivo 44.714, que regula el sistema de receta digital para medicamentos antimicrobianos sistémicos, son inconstitucionales. Dichos incisos establecían que el formulario electrónico de receta requería incluir información detallada de cada paciente como el diagnóstico clínico, fecha y resultado de frotis y/o cultivo y las alergias medicamentosas.

Los medicamentos antimicrobianos sistémicos son agentes (antibióticos, antivirales, antifúngicos) que se administran por vía enteral (oral), parenteral (intramuscular o intravenosa) o inhalada para tratar infecciones.

El fallo de la Sala IV se dio a raíz de una acción de inconstitucionalidad presentada por el Colegio de Médicos y Cirujanos, quienes argumentaron que la exigencia de registrar obligatoriamente el diagnóstico clínico, los resultados de frotis o cultivos y las alergias medicamentosas en una plataforma administrada por terceros, representaba una "violación flagrante a los derechos constitucionales de los ciudadanos".

Tras conocerse el fallo, desde el ente gremial indicaron:

La decisión de la Sala genera profunda satisfacción, ya que este Colegio desde el día uno, ha sido claro al señalar que el diagnóstico de un paciente es un dato sensible que pertenece exclusivamente a su esfera privada. Ningún ciudadano debe ser coaccionado a divulgar su historial clínico -como un diagnóstico de VIH u otras-, como condición para acceder a su medicación de antimicrobianos".

El Dr. Elliott Garita Jiménez, presidente del Colegio de Médicos y Cirujanos, explicó:

Este fallo es un gran triunfo para los pacientes, ya que el gremio médico busca proteger los datos sensibles. Se ha sentado un precedente vital donde el control administrativo del Estado no puede estar por encima de la privacidad y la salud de los costarricenses".

Desde el ente gremial, explicaron que con este fallo, el reglamento no podrá incluir las exigencias de estos incisos anulados, garantizando que las recetas médicas se sigan emitiendo bajo estrictos, estándares de confidencialidad y respeto a la ley.

En el trámite de esta acción, la Sala IV rechazó los argumentos de inconstitucionalidad sobre el artículo 11 del Decreto 44.714, el cual condiciona la prescripción y despacho de medicamentos antimicrobianos sistémicos a la emisión de una receta digital, a través de sistemas específicos.

Los magistrados Fernando Castillo Víquez, Luis Fernando Salazar Alvarado y Jorge Araya García y la magistrada Anamari Garro Vargas votaron a favor, mientras que los magistrados Fernando Cruz Castro y Paul Rueda Leal y la magistrada Ingrid Hess Herrera salvaron el voto y declararon sin lugar la acción en todos los extremos.

Este caso fue tramitado bajo el expediente 25-036310-0007-CO, y todavía está pendiente la resolución completa del fallo, la cual le corresponde a la magistrada Garro.