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Pequeños negocios de Santa Ana Pueden solicitar patente sin certificado de uso de suelo

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El Gobierno Local de Santa Ana informa a la comunidad que, tras la aprobación del Reglamento Municipal sobre Licencias Comerciales para Actividades Lucrativas en Casas de Habitación sin Requerir Uso de Suelo, las personas interesadas podrán gestionar su patente municipal sin necesidad de presentar el certificado de uso de suelo, siempre que cumplan con lo establecido en dicha normativa.

El objetivo del reglamento es regular el otorgamiento de licencias municipales para quienes deseen desarrollar actividades lucrativas en su casa de habitación, sin requerir del certificado de uso de suelo, mediante una lista taxativa de actividades permitidas y sus requisitos de autorización, conforme lo dispuesto en el artículo 88 del Código Municipal.

La normativa establece que la actividad comercial deberá desarrollarse en un área no mayor a 30 metros cuadrados y estar dentro de las actividades expresamente autorizadas tales como:

  1. Oficinas administrativas de uso personal, sin almacenamiento de productos.
  2. Servicios de tutoría académica o clases individuales.
  3. Talleres dedicados a la elaboración artesanal, reparación artesanal, y venta de manualidades, artes plásticas, joyas, relojería y bisutería, u otro artículo considerado arte elaborado artesanalmente.
  4. Costura, reparación y elaboración de artículos textiles y calzado, pieles o similares, a partir de diferentes técnicas manuales o artesanales, así como la exhibición y venta de esos productos.
  5. Oficinas y consultorios de uso personal para la prestación y venta de servicios (profesionales y en general).
  6. Centros de terapia alternativa o motivación personal.
  7. Actividades de diseño gráfico, publicidad o mercadeo digital.
  8. Reparación de computadoras, equipos de comunicación y enseres de uso personal o doméstico.
  9. Venta de productos por catálogo o en línea.
  10. Bazar, fotocopiado o librería.
  11. Servicios de impresión de pequeño formato (tales como afiches, artes gráficas, catálogos, estampillas, etiquetas, calendarios, tarjetas de presentación, hojas y sobres membretados, serigrafía y sublimación); que no sea elaborados con maquinaria de tipo industrial ni utilicen recursos combustibles o inflamables para su elaboración.
  12. Actividades de transmisión de radio, televisión, audio, video y grabación, así como postproducción y publicación de grabaciones, en espacios con adecuado confinamiento de ruido.
  13. Elaboración y venta de alimentos de consumo humano únicamente para llevar o con servicio a domicilio o suministro de comidas por encargo con servicio a domicilio (catering). No se permite el consumo en sitio, ni debe haber espacios o mobiliario para tales efectos.
  14. Servicios de salón de belleza y tratamientos de belleza (excepto procedimientos invasivos o quirúrgicos).
  15. Pulpería sin autoservicio.
  16. Puestos de lotería de la Junta de Protección Social.
  17. Enseñanza formativa con clases exclusivamente virtuales.

Asimismo, las personas solicitantes deberán cumplir con los demás requisitos establecidos en el Reglamento de Patentes.

Las personas que requieran recibir orientación y evacuar dudas sobre las actividades permitidas y el procedimiento integral para solicitar la patente, pueden gestionar una cita ante el Proceso de Desarrollo Económico Local, comunicándose al WhatsApp 8947-5460 o al correo electrónico [email protected]

El acompañamiento previo permitirá que el trámite sea más expedito y evitará rechazos o devoluciones por incumplimiento de requisitos ante el Procedo de Patentes.

Con esta iniciativa, el Gobierno Local de Santa Ana reafirma su compromiso con la simplificación de trámites, el impulso al emprendimiento y la promoción del desarrollo económico local.