Imagen principal del artículo: Magistrada confirma que se mantiene moratoria de tala en Papagayo

Magistrada confirma que se mantiene moratoria de tala en Papagayo

Fallo señala que la aclaración del 5 de mayo no levantó la medida cautelar sobre permisos de tala en el Polo Turístico Golfo de Papagayo.

La magistrada Anamari Garro Vargas, de la Sala Constitucional, confirmó que la medida cautelar que ordenó una moratoria total sobre el otorgamiento de permisos de tala de árboles en el Polo Turístico Golfo de Papagayo, en el contexto del desarrollo de un proyecto de naturaleza hotelera, se mantiene vigente.

La resolución, dictada a las 2:52 p.m. de ayer, 20 de mayo, respondió a una gestión presentada por el accionante Álvaro Sagot Rodríguez, quien pidió tramitar una desobediencia tras la emisión del acto administrativo SINAC-OSRSCC-052-2026, mediante el cual se autorizó la corta de árboles vinculada a una concesión del Proyecto Turístico Golfo Papagayo.

Sagot sostuvo que el permiso del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) aplicaba normas cuestionadas en la acción de inconstitucionalidad y que la corta podía ejecutarse “en cualquier momento”. Por esa razón, pidió a la Sala solicitar informes y dictar una medida cautelarísima para suspender el permiso, esto dentro del expediente 25-033926-0007-CO.

La magistrada Garro Vargas, sin embargo, recordó que el auto que dio curso a la acción de inconstitucionalidad no suspendió la vigencia general de las normas impugnadas, pues la interposición de una acción de inconstitucionalidad “no suspende la eficacia y aplicabilidad en general de las normas”. Por esa razón, indicó que la emisión de actos administrativos basados en las normas cuestionadas no constituía, en principio, una desobediencia al auto de curso del expediente.

Sin embargo, Garro también señaló que el magistrado Fernando Cruz Castro, instructor del expediente 25-024408-0007-CO, ya había dictado, el 17 de abril de 2026, una medida cautelar relacionada con el Polo Turístico Golfo de Papagayo. Esa medida ordenó una moratoria total sobre el otorgamiento de permisos de tala de árboles en ese polo turístico, cuando se trate del desarrollo de un proyecto hotelero.

La medida también suspendió el otorgamiento de autorizaciones de construcción y modificaciones de densidad en el Polo Turístico Golfo de Papagayo, así como el dictado de actos administrativos del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae), la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena) y el Instituto Costarricense de Turismo (ICT), cuando se dicten al amparo de la normativa cuestionada.

Posteriormente, el 5 de mayo, el magistrado Cruz aclaró los alcances de esa medida cautelar, limitando la suspensión de autorizaciones de construcción y modificaciones de densidad a los casos en los que se haya aplicado o se pretenda aplicar la figura de compensación de densidades y coberturas prevista en el decreto ejecutivo impugnado.

En tesis de principio, un concesionario de un lote en el Golfo de Papagayo solo puede construir en el 30% del área de la finca. El gobierno de Rodrigo Chaves autorizó que quienes tengan concesión de varios lotes puedan "unirlos", de modo que se les permita construir en un porcentaje mayor en uno de los lotes, bajo condición de no realizar obras en las otras fincas, a modo de compensación. A esa práctica se le conoce como compensación de densidad o coeficiente de ocupación. El decreto de Chaves sobre este tema está impugnado ante la Sala IV.

No obstante, la magistrada instructora indicó que esa aclaración mantuvo vigente la moratoria total sobre el otorgamiento de permisos de tala de árboles en el Polo Turístico Golfo de Papagayo para proyectos hoteleros.

“Es decir, ya existe —por disposición del magistrado que instruye el expediente n.°25-024408-0007-CO— una orden de moratoria total sobre el otorgamiento de permisos de tala de árboles en el Polo Turístico Golfo de Papagayo, en el contexto del desarrollo de un proyecto de naturaleza hotelera”, señaló Garro Vargas.

La magistrada concluyó que la pretensión de Sagot ya quedó atendida mediante esa medida cautelar dictada por Cruz, por lo que le ordenó estarse a lo resuelto en el expediente 25-024408-0007-CO, “a fin de evitar fallos contradictorios”.