
Expertos del Despacho Carvajal advierten que las empresas deben comenzar desde ahora la adopción de la nueva norma en sistemas contables y reportes internos.
La entrada en vigencia de una nueva Norma Internacional de Información Financiera, mejor conocida como NIIF 18, aplicable para los periodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2027, obligará a las empresas a replantear la forma de presentar sus estados financieros, pues se trata de un cambio que podría tener implicaciones al momento de solicitar financiamiento, atraer inversionistas o enfrentar procesos de fiscalización tributaria.
Esta Norma establece nuevas reglas para la presentación de los estados financieros de las empresas y sustituye parte de los lineamientos actuales del estado de resultados contemplados en la NIC 1, su versión anterior. El cambio introduce una estructura más detallada y uniforme para clasificar ingresos y gastos en categorías como operación, inversión, financiamiento, impuestos y operaciones discontinuadas.
“Con este cambio, ahora las empresas deberán identificar claramente qué ingresos y gastos corresponden a su operación principal y cuáles responden a actividades de inversión o financiamiento. Esto modifica la lectura del negocio y puede dejar en evidencia que algunas compañías dependen de actividades secundarias para compensar pérdidas operativas”, explicó Iván Brenes, socio de Auditoría del Despacho Carvajal.
Según el especialista, el cambio va más allá de un ajuste contable o de “reacomodar líneas” en los estados financieros. La nueva estructura podría modificar la forma en que bancos, inversionistas y la misma Administración Tributaria del Ministerio de Hacienda interpretan la rentabilidad real de una empresa, especialmente en sectores donde ciertos costos operativos no se reflejaban de manera integral dentro del resultado de operación.
Además, la implementación de la NIIF 18 podría requerir ajustes en sistemas contables, reportes internos y controles financieros, debido a que algunas partidas deberán desagregarse y clasificarse de forma distinta según su origen. Por ejemplo, el tratamiento del diferencial cambiario variará dependiendo de si proviene de cuentas por cobrar, inversiones o financiamiento.
Según la resolución N°. MH-DGT-RES-0015-2026 de la Dirección General de Tributación, a partir del 1° de enero del 2027 los grandes contribuyentes deben implementar la NIIF 18 a la hora de realizar sus reportes financieros, y las empresas deberán mostrar la información en sus estados financieros conforme a lo señalado en dicha resolución. Para el resto de los contribuyentes, aunque esto no es obligatorio, sí les facilitaría cualquier proceso de fiscalización o requerimiento de información en caso de una auditoría tributaria.
Para Silvia Castro, socia de Impuestos de Carvajal, uno de los principales retos del cambio es el posible impacto tributario derivado de la nueva presentación de la información financiera.
Aunque la NIIF 18 no modifica directamente los impuestos, sí puede convertirse en una herramienta de análisis más detallada para la Administración Tributaria. La nueva estructura podría facilitar la identificación de gastos no deducibles o inconsistencias que antes quedaban diluidas dentro de otras partidas”.
La especialista recordó que los grandes contribuyentes nacionales deberán presentar su información financiera bajo esta nueva estructura, mientras que para el resto de las empresas será clave contar con información alineada a la NIIF 18 en caso de auditorías tributarias, solicitudes de crédito o procesos de búsqueda de inversión.
Castro añadió que las empresas deberían comenzar desde ahora a definir sus categorías de ingresos y gastos, revisar métricas financieras utilizadas en reportes gerenciales y evaluar si sus sistemas actuales permiten cumplir con los nuevos requerimientos de revelación y conciliación establecidos por la norma.
