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Diputada del Frente Amplio denuncia violaciones salariales a trabajadores de puertos

Vianney Mora alerta sobre pagos grupales por debajo del mínimo y prácticas de “coladas” pese a las advertencias del MTSS.

La diputada del Frente Amplio, Vianney Mora Vega, denunció este miércoles en el espacio de control político de la Asamblea Legislativa presuntas violaciones a los derechos laborales de personas trabajadoras de estiba en Puerto Caldera y Puerto Moín, tras la publicación de un reportaje del Semanario Universidad sobre la disputa que mantienen trabajadores y empresas estibadoras por el cálculo de sus salarios.

Mora señaló que este sector cumple una labor estratégica para el funcionamiento de los puertos, al participar en tareas como la ubicación de mercancías en las zonas del muelle, la descarga de bodegas de buques, el uso de grúas y winches, la apertura de tolvas, el desenganche de contenedores y el acomodo de cargas. “Sin ellos no hay puerto que pueda funcionar”, dijo la legisladora.

La diputada afirmó que las empresas concesionarias en Puerto Caldera y en los puertos de Limón "son violadoras de los derechos salariales de esta población trabajadora", al señalar que el pago se realiza de forma grupal y no individual, como establece el decreto de salarios mínimos.

Mora citó el caso expuesto por un extrabajador de estiba, quien explicó que, en la descarga de un barco granelero de 2000 toneladas, realizada por cuatro cuadrillas de seis personas cada una, la empresa divide las toneladas entre todos los trabajadores y paga cada tonelada a 9 colones, en lugar de los 105,66 colones fijados en el decreto de salarios mínimos. “Es decir, está violentando precisamente ese derecho al salario”, afirmó Mora.

La diputada agregó que, según las denuncias recogidas, las empresas pagan los tiempos extraordinarios como ordinarios, no reconocen horas extra y tampoco cancelan la jornada nocturna conforme a la normativa laboral.

El reportaje de Semanario Universidad señaló que la Dirección Nacional de Inspección del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social reconoció inconsistencias en la aplicación del salario de los estibadores y confirmó que la materia se encuentra regulada por el Decreto de Salarios Mínimos 45.303-MTSS, que establece el pago de 105,66 colones por tonelada. También citó criterios técnicos del Ministerio que concluyen que el salario de los estibadores se aplicó de forma incorrecta.

Mora también denunció que trabajadores que reclaman sus derechos enfrentan despidos o represalias, y mencionó la práctica conocida como “coladas”, mediante la cual empresas estibadoras se prestan personal entre sí para evitar responsabilidades patronales, como el aseguramiento ante la Caja Costarricense de Seguro Social y las pólizas de riesgos del trabajo.

“No podemos seguir tolerando que los servicios concesionarios sigan violentando los derechos laborales y que el Estado se haga de la vista gorda, que no les dé seguimiento”, afirmó la diputada.

La legisladora pidió al Ministerio de Trabajo mantener la mesa técnica instalada con participación del Consejo Nacional de Salarios, el Ministerio, las empresas estibadoras y representantes de los trabajadores. También solicitó que se mantenga la petición de asistencia técnica a la Organización Internacional del Trabajo en materia de servicios portuarios, y pidió mayor atención institucional sobre lo que ocurre en los puertos.

“A veces pareciera que no son parte de la totalidad del territorio del país y que están exentas de la mano dura que debería caer cuando hay violación de derechos laborales sobre estas personas que mantienen la actividad mercantil más importante de Costa Rica, que son los puertos”, dijo.

El reportaje citado por la diputada también recogió la posición de varias empresas estibadoras, que rechazaron incumplimientos y aseguraron que aplican la normativa vigente. Servicios Industriales y Conexos, Coopetramupa, Coopeserport y Magofra defendieron distintos esquemas de pago y afirmaron que reconocen los montos correspondientes según la ley.

La controversia también llegó a los tribunales. Según la publicación, la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia anuló el 13 de marzo de 2026 una sentencia de 2023 y ordenó condenar a Coopetramupa al pago de diferencias salariales por salario mínimo de estibador entre el 1 de setiembre de 2014 y el 10 de octubre de 2018, en un caso presentado por un trabajador. La cooperativa presentó una oposición a la ejecución de la sentencia.