Gobierno alega problemas de competencia institucional y riesgos constitucionales.
El presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles y el ministro de Justicia y Paz, Gerald Campos Valverde impusieron un veto total en contra del proyecto de ley aprobado por la Asamblea Legislativa que requería que las personas privadas de libertad que quisieran solicitar beneficios carcelarios, debieran entregar una muestra de ADN.
El veto fue comunicado este miércoles por la ministra de la Presidencia y presidenta electa, Laura Fernández Delgado a la Asamblea Legislativa y según el documento, el Ejecutivo volvió a recurrir a un veto mixto para bloquear la iniciativa, alegando tanto razones de oportunidad o conveniencia, como razones de constitucionalidad.
La propuesta de ley establecía en su artículo 1 como objeto asegurar la adecuada identificación de las personas condenadas que se encuentran a cargo del Sistema Penitenciario Nacional y mantener actualizada la base de datos de perfiles de ADN no codificante, que administra el Departamento de Ciencias Forenses del Organismo de Investigación Judicial.
El artículo 2 disponía que la toma de muestras se realizaría a las personas condenadas que desearan recibir algún beneficio de los previstos en esa ley, permitiendo una más efectiva investigación de los delitos y reduciendo las posibilidades de que la aplicación de tales beneficios propiciara la reincidencia, como parte del registro de datos biométricos que al efecto realiza el Ministerio de Justicia y Paz.
El Ejecutivo alegó en su veto que la ley asignaba al Ministerio de Justicia y Paz funciones de recolección y gestión inicial de datos biométricos que no correspondían a su naturaleza administrativa y generaban superposición con las competencias del OIJ. Además, cuestionó la afirmación del mismo artículo 2 de que el perfil de ADN al que se refería la ley era uno que no permitía el acceso a datos sensibles de las personas, alegando que la información biométrica constituye dato sensible.
Según Presidencia, el proyecto impuso un requisito rígido en materia de beneficios penitenciarios, lo cual contraviene resoluciones de la Sala Constitucional como la 7922 del año 1999 y la número 45 del año 2000, las cuales señalan la obligación de realizar una valoración individualizada de cada caso.
Asimismo, el Gobierno sostuvo que la iniciativa vulnera la separación de poderes al atribuir al Ministerio de Justicia y Paz competencias propias del Poder Judicial en el tratamiento de datos con fines de investigación penal.
Presidencia invocó además jurisprudencia de la Sala Constitucional sobre el equilibrio entre persecución penal y derecho a la intimidad y el principio de inocencia, argumentando que el texto carece de delimitación estricta de finalidad, incorpora categorías abiertas y no fija límites temporales claros para la conservación de datos genéticos, lo que afecta la autodeterminación informativa del artículo 24 constitucional.
Esta iniciativa era idea del ahora exdiputado Eliecer Feinzaig Mintz, del Partido Liberal Progresista. El plenario de la Asamblea Legislativa había aprobado el proyecto en primer debate bajo el expediente 24.341 en el mes de febrero, y cuando estaba por recibir la votación final, el oficialismo se desmarcó alegando falta de financiamiento en perjuicio del Ministerio de Justicia y Paz, lo que generó dudas sobre su futuro al requerir mayoría calificada.
Sin embargo, a finales de abril, el oficialismo nuevamente apoyó con sus votos el proyecto, obteniendo el respaldo unánime de los 42 presentes en ese momento.
El veto debe ser notificado al Plenario de la próxima Asamblea Legislativa y, según dispone el reglamento del Congreso, el asunto deberá trasladarse a la Comisión de Asuntos Jurídicos, que fue la que dictaminó el proyecto, donde ocupará el primer lugar de la agenda —sobre cualquier otro asunto— para que en un plazo improrrogable de un mes rinda un informe al pleno recomendando acoger o no las objeciones del Ejecutivo.
Según resolución del ahora expresidente de la Asamblea Legislativa, Rodrigo Arias Sánchez, en el trámite de un veto mixto el Plenario debe resolver primero si acoge o rechaza las razones de constitucionalidad, y en caso de rechazarlas el expediente debe ser remitido a la Sala Constitucional para que esta defina si existe o no inconstitucionalidad en los argumentos dados por el Poder Ejecutivo. En caso de que la Sala rechace las razones de constitucionalidad el decreto legislativo regresaría al plenario para la votación de resello, para lo cual se requiere una mayoría calificada de 38 votos para levantar el veto.
