En Macbeth, de William Shakespeare, se muestra cómo quien recurre a la violencia para asegurar el poder termina siendo alcanzado por la misma lógica que ha puesto en marcha. No se trata únicamente de un recurso literario, sino de una advertencia sobre dinámicas que, una vez activadas, difícilmente pueden ser contenidas.
Esta narrativa contenida en la citada obra pareciera ser útil para ejemplificar la realidad de los últimos tiempos respecto al ejercicio de la función de la persona jueza penal, la cual parece desenvolverse en un entorno cada vez más hostil y, en ciertos extremos, con rasgos de una lógica distópica.
Es cierto que la crítica a las decisiones judiciales es legítima en un Estado democrático; lo que no lo es son aquellas manifestaciones que desbordan el plano del debate crítico y respetuoso, y que se aproximan peligrosamente a la descalificación personal, la intolerancia y la violencia.
Esta situación obliga a recordar una conclusión básica para la adecuada administración de justicia: la independencia judicial no es un privilegio de quienes imparten justicia, sino una garantía de todas las personas. Su finalidad no es proteger ni alcahuetear a quien decide, sino asegurar que las resoluciones se adopten conforme al derecho y no bajo presiones, ni internas ni externas, sean estas políticas, mediáticas o sociales.
En materia penal, esta exigencia adquiere una relevancia particular por la naturaleza sensible de los derechos que trastoca, entre otros, la libertad de un ser humano.
Cuando la descalificación sustituye al argumento y la hostilidad se normaliza como forma de reacción frente a decisiones institucionales, se introduce una lógica perversa y peligrosa que trasciende a sus destinatarios inmediatos y termina afectando al propio sistema que se pretende interpelar.
Es cierto que las decisiones judiciales suelen adoptarse en contextos de alta sensibilidad social, donde la expectativa de castigo inmediato se presenta como una meta, lo cual puede generar tensiones entre la respuesta emocional o populista esperada y el deber ser jurídico. Desde esta óptica, debe reafirmarse que la función de juzgar no puede someterse a la lógica de la inmediatez ni a la aprobación circunstancial, ni mucho menos depender del escrutinio popular, sino de la ley.
Es claro que, cuando el cuestionamiento legítimo se transforma en hostilidad, el riesgo no es individual, sino colectivo e institucional, debido a que se erosiona la confianza en la justicia y se debilitan los pilares del Estado de Derecho, pues la presión indebida sobre quienes ejercen la judicatura compromete la posibilidad misma de decisiones imparciales.
La independencia judicial exige, por tanto, un entorno de respeto, incluso frente al desacuerdo. Defenderla implica reconocer que el derecho no siempre coincide con las expectativas, y que precisamente ahí radica su valor: en su capacidad de limitar el poder y contener la arbitrariedad del Estado y de particulares.
Fortalecer esta independencia no es una tarea exclusiva del Poder Judicial. Es una responsabilidad política y colectiva. Solo a través de su respeto será posible garantizar una justicia que responda a la solución del conflicto conforme a las reglas legales previamente establecidas.
Recordemos que, cuando la presión sustituye al derecho, lo que se debilita no es una decisión judicial, sino el propio Estado democrático de Derecho; y cuando este se debilita, se afecta a todos, debido a que la arbitrariedad no suele ser selectiva.
