Las pensiones menores a ₡2 millones podrán ajustarse semestralmente según el IPC incluso bajo regla fiscal, siempre que la inflación sea positiva.
El plenario de la Asamblea Legislativa aprobó en segundo debate el proyecto de ley (expediente 24.353) que descongela el ajuste por costo de vida a las pensiones del régimen de reparto menores a los 2 millones de colones, cuando el presupuesto nacional se encuentra en el escenario más restrictivo de la regla fiscal. La reforma establece que estás deberán ser ajustadas semestralmente utilizando la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Las pensiones del régimen de reparto que se rigen por las leyes 2248 y 7268, tienen su ajuste por costo de vida amarrado al incremento salarial que reciba el sector público. Entre el 2021 y el 2025, los salarios del sector público no tuvieron ajustes por costo de vida, debido a que el país se encontraba en el escenario más restrictivo de la regla fiscal, por lo que estás pensiones tampoco recibieron ajustes por costo de vida en ese período.
La reforma aprobada establece que, cuando el país se encuentre en el escenario más restrictivo de la regla fiscal, las pensiones del régimen de reparto otorgadas por las leyes 2248 y 7268 deberán ajustarse por consto de vida cada seis meses, en un porcentaje igual a la variación acumulada semestral con corte a junio y diciembre del IPC. Sin embargo, la reforma señala que cuando el IPC tenga valores negativos, no se realizará una reducción a los montos de estas pensiones.

En 2025 la relación deuda-PIB superó el 60%, lo que implica la aplicación de las medidas extraordinarias de la regla fiscal para el presupuesto del 2027. Esto implica que para que estas pensiones tengan un ajuste por costo de vida el próximo año, la variación del IPC tendría que ser positiva.
El proyecto fue aprobado con 34 votos a favor, y 7 en contra (todos del oficialismo), y ahora pasa al Poder Ejecutivo para que sea firmado, o vetado, por el presidente Rodrigo Chaves.
