12 servicios tuvieron aumento, 4 presentaron una disminución y se añadieron 19 servicios nuevos.
La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) informó el ajuste a las tarifas máximas para los servicios que brinda la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (Japdeva) en los puertos de Moín y Limón.
Según informó el ente regulador, Japdeva solicitó aumentos tarifarios para 19 servicios portuarios entre 13% y 167%, lo cual fue sometido al proceso de audiencia pública en marzo anterior. En este proceso de participación ciudadana se recibieron siete posiciones, especialmente de sectores empresariales. A partir de la información suministrada por Japdeva, los criterios presentados en la audiencia pública y con base en el procedimiento tarifario vigente se actualizaron las tarifas máximas para los servicios portuarios.
Como resultado final el pliego tarifario de Japdeva queda compuesto por 71 servicios (se eliminaron 6 y se agregaron 19), con tarifas máximas para los servicios de carga, atención a las naves y otros complementarios. Del total de servicios que se mantienen, 12 aumentaron de tarifa, 36 mantienen la tarifa previa y cuatro presentaron una disminución.
Entre las tarifas que se actualizaron están: atención nave cuota variable (+64%), remolcaje (+80%), montacargas (+78%) y energía para refrigeración de contenedores (+91%), servicios de lancha (-48%), canon compañías estibadoras (-25%), almacenaje (-74%) y embarque y desembarque de pasajeros (-71%).
Aresep recordó que los montos fijados son tarifas máximas, de manera que corresponde a Japdeva la definición de las tarifas puntuales por cobrar, lo cual deberá ser comunicado con la suficiente antelación a los clientes y a la Autoridad Reguladora.
La Autoridad Reguladora estima que a partir de esta fijación tarifaria los ingresos tarifarios de Japdeva podrían aumentar aproximadamente un 27%, lo que favorecería la tendencia hacia el equilibrio financiero que ha tenido en los últimos años. Las tarifas aprobadas rigen a partir de los quince días naturales siguientes a su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
