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Sugef afirma que nueva ley no garantiza devoluciones automáticas a víctimas de estafas bancarias

Sugef advierte que existen riesgos legales significativos en la implementación de la ley, con potencial afectación directa a la ciudadanía.

La Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) emitió un comunicado de prensa informando sobre los alcances de la recién aprobada ley contra las estafas electrónicas (expediente 23.908) a fin de evitar expectativas incorrectas sobre el trámite de reclamos por estafas electrónicas.

El proyecto fue aprobado en segundo debate este miércoles, sin embargo, la nueva ley todavía no está vigente, ya que todavía debe ser firmada por el Poder Ejecutivo y publicada en el Diario Oficial La Gaceta, para entrar a regir. Adicionalmente, establece un plazo de seis meses para elaborar y poner en operación el protocolo para la atención de las víctimas de estafas bancarias.

La jerarca de Sugef, Hazel Valverde Richmond, aseguró que "dada la aprobación del proyecto de ley de estafas electrónicas el día de ayer, sin realizar las correcciones necesarias advertidas de previo por parte de la Sugef, consideramos de gran importancia dejar claro ante la opinión pública el alcance real de la ley aprobada".

Sobre los alcances del texto aprobado Valverde señaló:

Esta ley no garantiza devoluciones automáticas de fondos. Eso significa que no a toda persona víctima de una estafa la institución financiera le va a devolver su dinero. La labor de Sugef será únicamente validar mediante un acto razonado si una denegatoria de pago por parte de una entidad financiera está ajustada y respaldada en las pruebas que aporta la entidad".

Adicionalmente, las autoridades recordaron que, según el procedimiento establecido por la nueva ley, la presentación y seguimiento del reclamo se mantienen exclusivamente ante la entidad financiera, por lo que las personas usuarias no deben contactar directamente ni apersonarse a la Sugef para presentar o dar seguimiento individual a un caso.

Además, señalaron que, cuando exista controversia de fondo sobre los hechos o la evidencia, la determinación definitiva de responsabilidades corresponde a la vía judicial, tal y como ocurre actualmente.

La Sugef añadió:

Si bien algunos casos podrán resolverse directamente con la entidad financiera, existirán otros —especialmente cuando exista desacuerdo sobre los hechos o la evidencia— en los cuales la controversia deberá trasladarse a los tribunales de justicia”.

El ente recordó que la ley no elimina la necesidad de acudir a la vía judicial cuando las partes no coinciden en lo ocurrido.

Desde Sugef, recordaron que las personas deberán presentar el reclamo ante la entidad financiera correspondiente, mediante los canales habilitados para ello, y aportar la información y requisitos que le sean solicitados. Asimismo, las autoridades recomendaron a las personas conservar los comprobantes, comunicaciones y cualquier evidencia relacionada con el caso.

Finalmente, la Sugef instó a las personas usuarias a presentar sus reclamos exclusivamente ante su entidad financiera, aportar oportunamente la información solicitada y prever cómo gestionarán las restricciones inmediatas de funcionalidad transaccional que se aplicarán como medida preventiva al momento de presentar el reclamo.