
Estas funcionalidades pueden resultar útiles en escenarios de liquidez temporal, como atrasos en cuentas por cobrar o situaciones operativas específicas.
El Ministerio de Hacienda habilitó en la plataforma TRIBU-CR nuevas funcionalidades que permiten a los contribuyentes gestionar el aplazamiento y fraccionamiento de pagos de impuestos, como parte de las herramientas disponibles para atender obligaciones tributarias en situaciones de dificultad financiera.
Estas figuras permiten postergar el pago de impuestos hasta por 30 días o bien dividir la deuda en cuotas por un plazo máximo de hasta 24 meses, siempre que se cumplan ciertos requisitos establecidos por la Administración Tributaria.
La medida aplica tanto para personas físicas como jurídicas; sin embargo, excluye tributos trasladables como el Impuesto al Valor Agregado (IVA), así como retenciones y percepciones.
El abogado tributario Gabriel Zamora Baudrit explicó que estas herramientas deben entenderse dentro del marco de control y gestión de la deuda tributaria por parte del Estado.
“Estas figuras permiten ordenar el pago de obligaciones tributarias cuando el contribuyente enfrenta una limitación temporal de liquidez. No se trata de una condonación ni de una reducción del impuesto, sino de una facilidad para cumplir en condiciones distintas”, señaló Zamora Baudrit.
Para acceder a estas facilidades, los contribuyentes deben haber presentado sus declaraciones correspondientes y justificar, mediante información financiera y documentación técnica, que enfrentan una situación temporal que les impide cumplir con el pago en el plazo legal. En algunos casos, incluso se pueden exigir garantías.
Para no olvidar
Un aspecto relevante es que el aplazamiento o fraccionamiento no elimina los intereses, ya que se aplica la tasa de interés moratorio vigente, lo que incrementa el costo total de la obligación.
Zamora Baudrit indicó que este elemento debe ser considerado dentro de la decisión del contribuyente.
“El contribuyente debe tener claro que el costo financiero sigue existiendo. Lo que cambia es la forma en que se paga la deuda, no su naturaleza ni sus efectos económicos”, indicó.
Otro punto importante es que estas herramientas solo pueden utilizarse una vez vencida la obligación tributaria, lo que limita su uso como mecanismo preventivo.
Asimismo, para su aprobación, la Administración Tributaria analiza cada caso de forma individual, lo que implica la presentación de información financiera como flujos de caja proyectados, supuestos y certificaciones profesionales.
“Es fundamental preparar correctamente la solicitud, tanto desde el punto de vista financiero como jurídico, para que la Administración pueda valorar adecuadamente la situación del contribuyente”, agregó Zamora Baudrit.
Estas funcionalidades pueden resultar útiles en escenarios de liquidez temporal, como atrasos en cuentas por cobrar o situaciones operativas específicas, permitiendo al contribuyente ordenar su cumplimiento sin incurrir de inmediato en procesos de cobro más severos.
“Con esta implementación, Hacienda incorpora mecanismos adicionales para la gestión de la recaudación, manteniendo el equilibrio entre facilitar el cumplimiento y preservar el control sobre las obligaciones tributarias”, finalizó Zamora Baudrit.
