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Aprobada en segundo debate ley que amplía la licencia de lactancia a un año, con posibilidad de prórrogas

La reforma permite prórrogas trimestrales con certificación médica y obliga a los patronos a habilitar espacios para extraer leche materna.

La Comisión con Potestad Legislativa Plena Tercera de la Asamblea Legislativa aprobó este miércoles, en segundo debate, el proyecto de ley para proteger, promover y apoyar la lactancia materna, tramitado bajo el expediente 24.481.

De los 19 miembros de la comisión, 13 se hicieron presentes y dieron su voto afirmativo a la iniciativa, enviándola al Poder Ejecutivo para su sanción o veto.

Las Comisiones con Potestad Legislativa Plena, también conocidas como miniplenarios, están integradas por 19 congresistas cada una y pueden aprobar proyectos de ley tal y como ocurre en el plenario legislativo.

El diputado socialcristiano, Alejandro Pacheco Castro, quien votó el proyecto en contra en su primer debate, cambió de posición respecto al expediente este miércoles.

La iniciativa introduce cambios en el Código de Trabajo y en otras normas para ampliar los derechos de las trabajadoras en período de lactancia y fijar nuevas obligaciones para los patronos.

Uno de los principales cambios recae sobre el artículo 95 del Código de Trabajo. La reforma establece que el primer año de vida del menor constituye el período mínimo de lactancia en el ámbito laboral. Además, ese plazo podrá prorrogarse cada tres meses mediante certificación médica y extenderse durante todo el tiempo en que el menor reciba leche materna.

La certificación podrá provenir de profesionales de salud del sector público o privado, y además, la norma contempla distintos procesos de alimentación, entre ellos la lactancia directa, la diferida, la mixta y la relactación.

El proyecto mantiene la hora diaria de lactancia remunerada durante la jornada ordinaria, aunque modifica sus modalidades de disfrute. Esa hora podrá distribuirse en períodos de 15 minutos cada dos horas, en dos bloques de media hora al día, o mediante el ingreso una hora más tarde o la salida una hora antes.

La reforma también incorpora un reconocimiento para la jornada extraordinaria. En esos casos, la trabajadora tendrá un período adicional de 15 minutos cada tres horas, aparte de la hora correspondiente a la jornada ordinaria.

El texto añade, además, un artículo 97 bis, que obliga a las personas empleadoras a conceder un mínimo de 25 minutos cada tres horas laborales para la extracción de leche materna. Ese tiempo contará como trabajo efectivo, no podrá acumularse ni sustituirse por otros beneficios, y podrá ajustarse con certificación médica según las necesidades fisiológicas de la trabajadora.

Otro cambio se ubica en el artículo 100, que fija expresamente la obligación patronal de contar con un espacio adecuado para la extracción de leche materna cuando existan trabajadoras en período de lactancia.

La iniciativa también reconoce el derecho de las madres adoptantes a un período de inducción a la lactancia, siempre que cuenten con certificación de un profesional especializado en salud.