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Acceso a la información sin reglamento: un derecho incompleto

En Costa Rica, el reconocimiento de derechos fundamentales suele avanzar con mayor rapidez que su implementación efectiva. El recurso de amparo interpuesto por Lenín Antonio Pérez Guzmán contra la Presidencia de la República (expediente N.° 26-008417-0007-CO) evidencia precisamente esta brecha: una ley vigente que, por falta de reglamentación, no logra materializar plenamente sus objetivos.

La Ley Marco de Acceso a la Información Pública (Ley 10.554), fue publicada en noviembre de 2024 con el propósito de fortalecer la transparencia, la rendición de cuentas y el acceso universal a la información estatal. No obstante, el plazo de seis meses establecido para su reglamentación venció en mayo de 2025 sin que el Poder Ejecutivo haya cumplido con esa obligación.

Este incumplimiento tiene efectos concretos. Sin reglamento, aspectos clave como los procedimientos administrativos, los estándares de publicación y los criterios de accesibilidad quedan abiertos a interpretaciones dispares. En la práctica, esto debilita la aplicación de la ley y genera incertidumbre tanto para las instituciones como para la ciudadanía.

El acceso a la información pública no es un aspecto secundario del ordenamiento jurídico. Está directamente vinculado con derechos constitucionales como el acceso a la información, el derecho de petición y la participación ciudadana. Cuando el Estado no establece las condiciones para su ejercicio, estos derechos se vuelven limitados en la práctica.

Esta situación se refleja con claridad en el ámbito local. La solicitud realizada por la Asociación Agencia para el Desarrollo Accesible sin Fronteras ante la Municipalidad de San Ramón, requiriendo información en formatos accesibles sobre una sesión municipal, muestra cómo la ausencia de lineamientos claros puede traducirse en demoras o respuestas insuficientes.

Aunque la ley establece principios como el de máxima publicidad y fija plazos concretos para la entrega de información, su cumplimiento efectivo depende de reglas operativas claras. Sin ellas, cada institución puede aplicar criterios propios, afectando la uniformidad y la seguridad jurídica.

Un elemento central en esta discusión es la accesibilidad. La legislación costarricense, particularmente la Ley 7600, establece la obligación de garantizar condiciones que permitan a todas las personas acceder a la información pública. Esto incluye formatos accesibles y ajustes razonables para personas con discapacidad. No se trata de un complemento, sino de un componente esencial del derecho.

Cuando la información no se presenta en condiciones accesibles, se limita el ejercicio efectivo de derechos y se restringe la participación de sectores de la población. En ese sentido, la falta de reglamentación de la Ley 10554 no solo es un problema administrativo, sino también una barrera para la inclusión.

El recurso de amparo plantea, entonces, una discusión más amplia. Más allá del caso concreto, evidencia la necesidad de que el Estado no solo apruebe leyes, sino que garantice su implementación efectiva. Una norma sin mecanismos claros de aplicación pierde su capacidad transformadora.

Costa Rica cuenta con un marco jurídico robusto en materia de derechos fundamentales. Sin embargo, el desafío actual radica en cerrar la brecha entre la norma y la realidad. Reglamentar la ley, definir estándares claros y asegurar condiciones de accesibilidad son pasos indispensables para fortalecer la transparencia y la participación ciudadana.

El acceso a la información pública no es un fin en sí mismo, sino una herramienta para la democracia. Dejarlo incompleto es, en última instancia, debilitar esa misma democracia.