Mayoría de la Sala concluyó que la protesta estudiantil se amparó en la libertad de expresión.
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, conocida popularmente como Sala IV, declaró sin lugar un recurso de amparo presentado por la diputada oficialista Ada Acuña Castro, quien reprochó ante el alto tribunal los abucheos de los que fue objeto, por parte de estudiantes que participaban de un acto cívico en conmemoración del aniversario de la independencia, en las instalaciones de la Universidad Nacional (UNA).
Mediante la resolución 2025-38016, dictada el 14 de noviembre de 2025 y dada a conocer este miércoles por la oficina de prensa del tribunal constitucional, la Sala determinó por mayoría que las manifestaciones estudiantiles que rechazaron la presencia de la legisladora se enmarcaron en el ejercicio legítimo de la libertad de expresión. No obstante, tres magistrados salvaron parcialmente el voto y consideraron que el recurso debía ser declarado "con lugar" respecto de la universidad.
La Vicerrectoría de Extensión de la UNA organizó el 12 de septiembre del año pasado un acto oficial en la Plaza de la Diversidad de Pensamiento, en el campus Omar Dengo, en Heredia, para conmemorar los 204 años de la independencia de Costa Rica.
El programa incluyó presentaciones culturales y artísticas, un acto cívico y palabras de autoridades universitarias y locales, entre ellas la presidenta de la Federación de Estudiantes y la rectora adjunta. La universidad invitó a la comunidad universitaria y a distintas autoridades de la provincia.
Mediante el oficio UNA-VE-OFIC-579-2025, del 2 de septiembre, la Vicerrectoría extendió invitación formal a Acuña Castro, diputada por la provincia de Heredia e integrante del oficialismo.
Durante el acto, el representante estudiantil ante el Consejo Universitario, Antonio Araya Ríos, intervino para expresar el rechazo de la Federación de Estudiantes de la Universidad Nacional (FEUNA) a la presencia de la legisladora.
En su intervención afirmó:
Como Federación de Estudiantes nos vemos en la obligación de romper el protocolo el día de hoy para determinar y ejercer del conocimiento público que manifestamos nuestro total y absoluto rechazo a la presencia de la diputada [Ada Acuña Castro] en esta reunión. Tenerla a ella aquí sentada es como tener al propio Rodrigo Chaves".
Añadió:
Es una persona que desde su curul lo único que ha hecho es atacar a las universidades. (…) Yo no sé quién la invitó al día de hoy acá, pero ella no es bienvenida, ni ella ni ningún diputado de la fracción chavista".
Tras esas palabras, un grupo de estudiantes coreó consignas como “Fuera recortista”. Según consta en el expediente, algunos asistentes abuchearon a la diputada.
Acuña Castro alegó en su recurso que la "expulsaron" del acto y que personal de seguridad institucional la escoltó hasta su vehículo y luego hasta la salida del campus, incluso con un motorizado. Sostuvo que las autoridades universitarias permitieron un "acto de discriminación" por razones políticas y que actuaron con complicidad al acompañarla fuera del recinto.
La diputada argumentó que las universidades públicas tienen un papel central en la promoción de la democracia y el pensamiento crítico, por lo que impedir su participación por su afinidad política vulneró sus derechos fundamentales.
La presidenta de la FEUNA informó bajo juramento que la manifestación constituyó un ejercicio legítimo y pacífico de la libertad de expresión y de manifestación. Señaló que no existió contacto físico ni agresión y que la diputada decidió retirarse de forma voluntaria. Agregó que la seguridad universitaria actuó de manera preventiva para resguardar su integridad.
El rector de la UNA, por su parte, indicó que las autoridades de la Vicerrectoría de Extensión y otras personas presentes se acercaron a la legisladora para conversar y asegurar la continuidad pacífica del evento. Según su informe, en ningún momento le exigieron abandonar la actividad.
La Sala constató como hechos probados que la universidad invitó formalmente a la diputada y que no existió prueba de que la obligaran a retirarse. También acreditó que la seguridad la acompañó hasta el parqueo y la salida del campus luego de que ella optó por marcharse.
En su análisis, el tribunal citó el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que protege la libertad de pensamiento y de expresión, y reiteró su jurisprudencia sobre el valor central de ese derecho en un régimen democrático.
La sentencia recordó que la libertad de expresión comprende la posibilidad de formular críticas contra personas que ejercen funciones públicas, incluso cuando esas críticas resulten incómodas.
Además, la Sala reiteró que un diputado no constituye un ciudadano cualquiera, sino que ejerce un cargo con incidencia directa en decisiones de interés público. En consecuencia, debe tolerar un mayor nivel de escrutinio y crítica.
Para la mayoría, las expresiones del representante estudiantil no constituyeron apología del odio ni incitación a la violencia. Aunque la situación resultó incómoda para la legisladora, el tribunal concluyó que los hechos se enmarcaron en el ejercicio del derecho a la manifestación pacífica y que no configuraron una violación de sus derechos fundamentales.
Por ello, los magistrados Fernando Cruz Castro, Paul Rueda Leal, Jorge Araya García e Ingrid Hess Herrera declararon sin lugar el recurso.
Los magistrados Fernando Castillo Víquez y Luis Fernando Salazar Alvarado, junto con la magistrada Anamari Garro Vargas, salvaron parcialmente el voto y estimaron que el amparo debía prosperar respecto de la UNA.
A juicio de esos tres magistrados, aunque no se acreditó una expulsión en sentido estricto, la reacción de repudio estudiantil y la omisión de las autoridades universitarias de llamar al orden y al respeto propiciaron la decisión de la diputada de retirarse.
Los disidentes señalaron que, ante la petición de expulsarla y los abucheos, las autoridades omitieron exhortar a la convivencia respetuosa, especialmente tratándose de una persona invitada formalmente por la propia institución.
En ese contexto, consideraron que la universidad incumplió su deber de garantizar un entorno acorde con los principios de una sociedad democrática y pluralista, por lo que el recurso debía declararse con lugar contra la institución.
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Video tomado del Semanario Universidad.
